Diferencia entre revisiones de «El Referéndum fallido del proceso autonómico»

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== El Referéndum fallido del proceso autonómico ==
En el período histórico denominado Transición Española se elaboró la Constitución Española (CE) de 1978, donde representantes de las fuerzas políticas mayoritarias fueron los llamados "redactores o padres de la CE".
En el período histórico denominado Transición Española se elaboró la Constitución Española (CE) de 1978, donde representantes de las fuerzas políticas mayoritarias fueron los llamados "redactores o padres de la CE".


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La pugna entre los partidos políticos fue al alza.  La UCD cambió de criterio y aceptó las tesis del PSOE, quedando el proceso claramente orientado hacia la obtención de la autonomía por la '''''vía rápida''''', pudiendo acceder a todas las competencias que les pudieran ser constitucionalmente atribuidas, '''previa aprobación mediante Referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia'''.
La pugna entre los partidos políticos fue al alza.  La UCD cambió de criterio y aceptó las tesis del PSOE, quedando el proceso claramente orientado hacia la obtención de la autonomía por la '''''vía rápida''''', pudiendo acceder a todas las competencias que les pudieran ser constitucionalmente atribuidas, '''previa aprobación mediante Referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia'''.
El resultado del Referéndum del proceso autonómico fue '''fallido,''' pues en dos de las ocho províncias no se alcanzó la mayoría de votos afirmativos de los electores (Almería  y Jaén), por lo cual, según la CE, el proceso se detenía y no podría iniciarse hasta transcurridos cinco años.

Revisión del 16:28 27 sep 2021

El Referéndum fallido del proceso autonómico[editar | editar código]

En el período histórico denominado Transición Española se elaboró la Constitución Española (CE) de 1978, donde representantes de las fuerzas políticas mayoritarias fueron los llamados "redactores o padres de la CE".

En base a ella, las distintas regiones se fueron constituyendo en Comunidades Autónomas.

La CE prevé dos vías distintas para constituirse en Comunidad Autónoma:
en base al artículo 143 "o de vía lenta" significaba asumir únicamente las competencias reguladas por el artículo 148 de la CE. Para recibir más competencias, había que esperarse 5 años.  
en base al artículo 151 "o de vía rápida" significaba asumir todas las competencias posibles, con un nivel similar al de las comunidades llamadas históricas (País Vasco, Cataluña y Galicia)

¿Qué sucedió en Andalucía?

La Unión de Centro Democrático (UCD), que estaba en el Gobierno de España, quería que la vía de acceso fuera la del artículo 143. Además, era partidaria de la coexistencia de dos comunidades, la Andalucía Oriental y la Occidental.

Sin embargo el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) quería una única comunidad de ocho províncias, optando por el artículo 151.

La pugna entre los partidos políticos fue al alza. La UCD cambió de criterio y aceptó las tesis del PSOE, quedando el proceso claramente orientado hacia la obtención de la autonomía por la vía rápida, pudiendo acceder a todas las competencias que les pudieran ser constitucionalmente atribuidas, previa aprobación mediante Referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia.


El resultado del Referéndum del proceso autonómico fue fallido, pues en dos de las ocho províncias no se alcanzó la mayoría de votos afirmativos de los electores (Almería y Jaén), por lo cual, según la CE, el proceso se detenía y no podría iniciarse hasta transcurridos cinco años.