https://granadawiki.org/api.php?action=feedcontributions&user=Granadino&feedformat=atomGranada Wiki - Contribuciones del usuario [es]2024-03-28T20:22:41ZContribuciones del usuarioMediaWiki 1.39.3https://granadawiki.org/index.php?title=MediaWiki:Sidebar&diff=2185MediaWiki:Sidebar2023-10-30T20:07:40Z<p>Granadino: </p>
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<hr />
<div>'''San Juan de Dios está considerado como uno de los precursores de la enfermería moderna y es el patrón de los enfermos, de los enfermeros, de los bomberos y de los hospitales y copatrón de la ciudad de Granada.'''<br />
[[Archivo:San Juan de Dios y arcangel.png|miniaturadeimagen|Juan de Dios y el arcángel Gabriel, óleo de Bartolomé Esteban Murillo, c. 1672.]]<br />
<br />
==== Filiación ====<br />
Juan Ciudad nace en 1495<br />
<br />
Muere en Granada el 8 de Marzo de 1550<br />
Su primer biógrafo, Francisco de Castro (1585), mantuvo que había nacido en la región del Alentejo, Portugal. Pero en 1951 salió a la luz una publicación de 1575, ''Relaciones histórico-geográficas de los pueblos de España hechas por iniciativa de Felipe II,'' I, ''Reino de Toledo,'' en donde se dice que nació en Casarrubios del Monte (Toledo). Su madre era cristiana y su padre judío; y quizá para evitar problemas con la Inquisición por ser cristiano nuevo, se plantea que nació en Portugal. Pero en cualquier caso sus primeros años los pasó en Portugal y a los 8 años vuelve a Toledo donde entra a servir en la casa del Conde de Oropesa como zagal y como pastor.<br />
<br />
==== Actividades ====<br />
En 1523, a los 28 años quiso servir al Emperador Carlos I en la defensa de Fuenterrabía contra las tropas francesas. Fue para él una dura experiencia, siendo expulsado por negligencia en el cuidado de las viandas de su compañía estando incluso a punto de ser ahorcado. Regresó a Oropesa donde fue muy bien recibido por su amo que le tenía gran aprecio. Como joven inquieto que era, se enroló con el Conde de Oropesa que partía en auxilio del Emperador para defender la ciudad de Viena del asedio de los turcos. Liberada la ciudad las tropas vuelven de regreso y entran por el puerto de La Coruña lo que aprovechó Juan para hacer una peregrinación a Santiago. <br />
<br />
Pasó a Portugal tratando de localizar a sus padres, pero para entonces ya habían fallecido. Siguió por Ayamonte a Sevilla donde trabajó como pastor. Al cabo de un tiempo viajó a Ceuta donde trabajó construyendo la muralla. Con su salario socorrió a una familia portuguesa que había sido desterrada de su país y a cuyo servicio estuvo, pero por enfermedad de todos sus miembros se habían quedado sin recursos económicos. <br />
<br />
En el verano de 1533 regresó a la península por Gibraltar. Trabajó de librero y fue este oficio y el de catequista los que le llevaron hasta la ciudad de Granada, por esa época un hervidero de gentes, cultura e historia, abriendo una librería en la Puerta de Elvira. <br />
<br />
==== Su vida dio un gran cambio ====<br />
[[Archivo:Orden Hospitalaria .png|miniaturadeimagen|Símbolo de la Orden Hospitalaria San Juan de Dios]]<br />
El 20 de enero de 1534 predicaba en Granada con apasionamiento el maestro Juan de Ávila y ocurrió un suceso que cambiaría su vida. Las palabras que oía surten en Juan Ciudad tal conmoción que sale de allí transformado, deseoso de emprender nuevo estado, dando voces, rogando a Dios misericordia y tirándose por los suelos. Se fue a su tienda y distribuyó los libros entre los viandantes, se despojó de sus bienes temporales y de su ropa quedándose solo con una saya y unos zaragüelles. Tanto así que las gentes pensaban que se había vuelto loco y lo llevaron al Hospital Real, por entonces convertido en Casa de Locos. <br />
<br />
Allí pudo ver y sufrir en carne propia la forma en la que se trataba a los enfermos. Se les encerraba en celdas oscuras, maniatados, azotes, baños por sorpresa, exorcismos y cadenas. Estas vivencias hicieron que se despertara su vocación hospitalaria. Una vez recuperado Juan Ciudad salió del hospital y se pone bajo la dirección espiritual de San Juan de Ávila. Confiesa a su maestro sus inquietudes por querer dedicarse a socorrer a los enfermos y a los pobres y el padre Ávila le aconseja que viaje a Guadalupe donde hay un Monasterio con una de las mejores escuelas de enfermería y de farmacia que existía en la época y donde tenían un albergue de peregrinos. En Guadalupe fue muy bien recibido por el abad y demás monjes y estuvo aprendiendo el cuidado de enfermos y la gestión de un hospital.<br />
<br />
Cuando adquirió los conocimientos necesarios volvió a Granada donde aplicó lo aprendido tratando a los enfermos con caridad pero también con profesionalidad. Empezó poco a poco dando cobijo a los enfermos en el portal de una casa, la de los Venegas. En 1534 se traslada al barrio de la Pescadería y como eran muchos los enfermos, en 1535 fundó su primer hospital en la calle Lucena. Cuando ya no le cabían los enfermos en el hospital de la calle Lucena, los bienhechores le compraron una casa en la Cuesta de Gomérez.<br />
[[Archivo:San Juan de Dios salvando persona.png|miniaturadeimagen|San Juan de Dios salvando a los enfermos de incendio del Hospital Real, Manuel Gómez-Moreno González (1880). Museo de Bellas Artes de Granada]]<br />
<br />
==== Mil tareas distintas...y voluntariado ====<br />
Juan atendía a todo tipo de personas haciendo él mismo toda clase de labores, desde limpiar la casa a curar a los enfermos y pedir limosna para cubrir las necesidades del albergue. Y no era raro verlo por la calle cargando algún moribundo. Modificó la idea de hospital que se practicaba hasta entonces atendiendo al enfermo de forma integral, no sólo cuidaba de sus enfermedades sino que aplicaba una visión humanizada de los cuidados sin olvidar que detrás del enfermo hay una persona y fue el primero en separarlos según sus enfermedades. Muchos se interesaron por su labor y algunos se le unieron siendo sus primeros compañeros Antón Martin y Pedro Velasco, y el Obispo de Tuy y cabeza de la Cancillería de Granada, que fue el que le cambió el nombre '''de Juan Ciudad por Juan de Dios''' y el que le regaló una túnica o sayal, como se llamaba en la época, con la intención de que no lo regalara a los pobres. Empezaron a colaborar con él algunos compañeros y algunos médicos y enfermeros además de gentes pudientes. <blockquote>Puede decirse que fue '''precursor del voluntariado''' como lo conocemos hoy.</blockquote>El 3 de julio de 1549 se declaraba un incendio en el Hospital Real y Juan, sin importarle su vida, consigue librar del fuego a los enfermos que se encontraban ingresados y además apagar el fuego. Por eso es '''patrón de los bomberos'''.<br />
<br />
==== Últimas acciones y desenlace ====<br />
En 1544 la ciudad de Granada ya le reconoce su labor y se empieza a construir el primer '''[https://www.sjdgranada.es/hospital-san-juan-de-dios Hospital de San Juan de Dios]''', hospital que no vería concluir. En 1550 Juan se arroja a las frías aguas del rio Genil para salvar a un joven que se estaba ahogando y como consecuencia sufre una pulmonía de la que no se recuperará. Toda Granada estuvo pendiente de su salud y recibía muchas visitas mientras estuvo en el hospital, especialmente de sus enfermos; pero por insistencia de una de sus bienhechoras, Marta Osorio, es trasladado, muy a su pesar, a la casa de los Pisa, lejos de sus hermanos, sus pobres y sus enfermos. Y allí falleció en la madrugada del 8 de marzo de 1550 mientras estaba rezando de rodillas, junto a su cama, abrazado a su crucifijo. Permaneció en esta postura varias horas sin caerse. Así tuvieron que quitarlo para amortajarlo.<br />
[[Archivo:Basílica de San Juan de Dios en Granada .png|miniaturadeimagen|Basílica de San Juan de Dios, Granada ]]<br />
El entierro Juan de Dios fue un acontecimiento, una procesión solemne y silenciosa jamás vista en Granada. Todos los estamentos estuvieron presentes y su cuerpo fue depositado en la cripta de la iglesia de Nuestra Señora de la Victoria de los padres Mínimos de Granada, y allí permaneció hasta 1664 en que fue depositado en la iglesia del Hospital de San Juan de Dios. En 1757 tuvo lugar un nuevo traslado, esta vez a la '''[https://basilicasanjuandedios.es/ Basílica de San Juan de Dios]''', templo que se construyó junto al Hospital y en cuyo camarín reposan hasta el día de hoy.<br />
<br />
En 1553 fueron trasladados los enfermos al nuevo Hospital de San Juan de Dios, que es el mismo que en la actualidad sigue en funcionamiento en Granada.<br />
<br />
Juan Ciudad, después llamado Juan de Dios, fue '''canonizado''' por Alejandro VIII en 1690. En 1886 fue proclamado '''Patrono de los Hospitales y de los Enfermos. En 1930 Patrón de los enfermeros y en 1940 Copatrón de Granada'''.<br />
<br />
Hoy en día hay unos 400 centros en los 5 continentes que bajo la advocación de San Juan de Dios siguen cuidando de los más desfavorecidos. Estos hospitales son conocidos por su símbolo, una granada dibujada de forma estilizada en homenaje a la ciudad a lo que estuvo tan vinculado.<br />
<br />
En la Casa de los Pisa, en Granada, se instaló un museo dedicado a su memoria. Su principal finalidad es garantizar el conocimiento y la conservación del patrimonio cultural de la Orden Hospitalaria (OH)<br />
<br />
'''Bibliografía'''<br />
<br />
* Real Academia de la Historia (José Luis Martinez Gil OH)<br />
* Perfil biográfico de San Juan de Dios (Francisco de la Torre Rodríguez)<br />
* [https://sjd.es/san-juan-de-dios/san-juan-de-dios-bio/ Orden Hospitalaria San Juan de Dios] <br />
* [https://www.museosanjuandedios.es/index.php?seccion=museo Casa de los Pisa. Archivo-Museo de San Juan de Dios]<br />
[[Categoría:Personajes destacados]]<br />
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<div>[[Archivo:Sello del traje de lujo de Granada. Año 1968..jpg|miniaturadeimagen|460x460px|Sello del traje de lujo de Granada. Año 1968.]]<br />
El traje de lujo femenino de la ciudad de Granada fue desplazado hace unas décadas por indumentarias foráneas; pero afortunadamente ha sido recuperado recientemente para nuestro acervo cultural. <br />
<br />
El objetivo de este artículo es recuperar nuestra cultura tradicional, dar a conocer el traje para que pueda volver a ser lucido en los festejos y eventos tradicionales, además de darle vistosidad a los mismos como ocurre en muchos lugares de España. <br />
<br />
== Ámbito de utilización y usos ==<br />
<br />
El ámbito de utilización del traje de lujo es la ciudad de Granada y su área de influencia. Se usa para actos oficiales y festejos tradicionales como el Corpus, el día de la Cruz, ofrendas florales y procesiones de gloria, principalmente las patronales y en especial la de la Virgen de las Angustias y la de la Virgen del Rosario, entre otras. <br />
<br />
== Historia ==<br />
[[Archivo:Dama granadina, barro granadino del siglo XIX.jpg|miniaturadeimagen|Dama granadina, barro granadino del siglo XIX|388x388px]]<br />
El origen del traje se podría remontar a finales del siglo XVIII o principios del siglo XIX, ya que está en consonancia con las formas de vestir de las damas de esa época que han quedado reflejadas tanto en los barros granadinos como en la pintura y fotografía costumbrista granadina. Se ha recuperado gracias al trabajo de investigación de María Teresa García Olmedo, profesora de secundaría y guía de turismo, a partir de un sello de correos de 1968 perteneciente a una colección de sellos sobre los trajes tradicionales femeninos de España publicada por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre entre los años 1967 y 1971. El traje ha sido reproducido en 2021 por el modisto granadino Manolo Gómez Sánchez, usando la imagen del sello y alguna foto antigua de la Asociación de Coros y Danzas de Granada y ha vuelto a ser lucido en septiembre de 2022, en la procesión de la Virgen de las Angustias, patrona de la ciudad de Granada y de la Archidiócesis de Granada. El pasado 25 de noviembre de 2022 se emitió una entrevista en el programa el El Espejo en COPE sobre la recuperación de este traje, a partir del minuto 12.<br />
<br />
== Descripción ==<br />
<br />
El traje femenino de lujo de Granada capital se confecciona en colores vivos y alegres como rojo granate, verde esmeralda, azulón, fucsia, turquesa… y se compone de:<br />
<br />
- Falda de vuelo a media pierna en raso con blonda baja de encaje.<br />
<br />
- Delantal del mismo encaje. <br />
<br />
- Chaqueta entallada del mismo color que la falda en tela brocada con pañuelo en el escote (opcional).<br />
<br />
- Media mantilla cruda de encaje de tul y media peina con tocado de flores.<br />
<br />
- Medias crudas lisas o caladas de hilo.<br />
<br />
- Prendas interiores: enaguas con puntillas, posible can can y faltriqueras laterales. <br />
<br />
- Zapato negro de tacón bajo.<br />
<br />
- Joyas: gargantilla con camafeo de coral y pendientes antiguos de coral o similar.<br />
<br />
La mayoría de los trajes tradicionales de España tienen una antigüedad similar y un denominador común al estar compuestos de faldas de vuelo y cuerpos ceñidos siendo bastante frecuente el uso del delantal. En el caso de los trajes de lujo los delantales suelen ser de encaje como el granadino y el de fallera y la cabeza suele adornarse con peina y media mantilla de tul o de madroños como el de goyesca.<br />
<br />
== Enlaces externos ==<br />
Entrevista a María Teresa sobre el traje granadino.<br />
<br />
https://www.archidiocesisgranada.es/media/com_podcastmanager/25.11.2022._EL_ESPEJO_GRANADA.mp3<br />
<br />
[[Archivo:Traje lujo de Granada en la procesión de la Virgen de las Angustias 2022.jpg|centro|miniaturadeimagen|551x551px|Traje lujo de Granada en la procesión de la Virgen de las Angustias 2022.|alt=]]<br />
Autora: María Teresa García Olmedo</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Ermita_de_la_Virgen_de_las_Nieves,_Gabia_la_Grande&diff=1441Ermita de la Virgen de las Nieves, Gabia la Grande2022-06-01T17:33:38Z<p>Granadino: </p>
<hr />
<div>[[Archivo:Vista exterior de la ermita y dependencias anejas..jpg|miniaturadeimagen|alt=|403x403px|Aspecto general del templo.]]<br />
<br />
La Ermita de la Virgen de las Nieves se sitúa en la cumbre de una suave colina en lo que fueron las afueras de Gabia la Grande, Provincia de Granada, Región Histórica de Granada, España. Actualmente está muy bien cuidada por una comunidad de religiosas. El núcleo urbano ha crecido tanto en los últimos años que ha rodeado a la ermita pero de forma respetuosa.<br />
<br />
== Reseña histórica ==<br />
=== Renacimiento ===<br />
El templo es obra del siglo XVI (inicios del tercer Reino de Granada, el cristiano) muy transformada por reformas posteriores. Se trata de un edificio de planta de cruz latina, es decir, su plano tiene forma de cruz con los brazos de distinto tamaño, siendo el de los pies el más largo.<br />
<br />
=== Barroco ===<br />
Este es el periodo que caracteriza mejor al interior por la exuberante decoración. Se le añade un rico camarín en la cabecera, también una sacristía y otras dependencias. Paredes y techos se llenan de decoración de la Escuela Granadina de Yeseros y Escayolistas, completada posteriormente por la Escuela Granadina de Pintura. Otorgando estas remodelaciones gran belleza y colorido, <br />
<br />
=== Siglo XIX ===<br />
A finales de este siglo, ya en el periodo de la Región de Granada, se le añade una torre que sustituye a la sencilla espadaña que contenía la campana. Su estilo es sobrio, pero lleno de elegancia y enriquecido con un remate octogonal inspirado en los de las torres de la Basílica de la Virgen de las Angustias, Patrona de Granada y de la Región Eclesiástica Granadina (Almería, Granada, Jaén, Málaga y Murcia).<br />
<br />
== Características ==<br />
=== Exterior ===<br />
En general el exterior es sobrio y de líneas rectas, como ocurre con multitud de templos granadinos, pero esto no le resta belleza.<br />
<br />
==== Cimborrio del crucero ====<br />
[[Archivo:Crucero cubierto.jpg|vínculo=link=Special:FilePath/Vista_lateral_del_templo.jpg|alt=|miniaturadeimagen|Vista lateral del templo en donde se aprecian el cimborrio que cubre la cúpula del crucero y a nuestra derecha el camarín.]]<br />
En el cuerpo del templo destaca una especie de torre octogonal llamada en arquitectura "cimborrio", construida durante el periodo del tercer Reino de Granada, el cristiano, con la finalidad de albergar en su interior la cúpula sobre pechinas, con un gran tambor en el que abren cuatro ventanas. Se decora con pilastras y elementos rectilíneos con los que contrasta la curva de los arcos de las ventanas.<br />
<br />
==== Torre ====<br />
En el siglo XIX, en el periodo de la Región de Granada, se añadió una esbelta torre para sustituir la humilde espadaña que contenía las campanas. Se inspira en las torres de la basílica de la Virgen de las Angustias por sus grandes pilastras de los ángulos y su remate octogonal cubierto de sencillo chapitel.<br />
<br />
[[Archivo:La elegante torre de la ermita..jpg|miniaturadeimagen|alt=|311x311px|Torre añadida durante el periodo e la Región Granadina, 1883 según la fecha de su friso.]]<br />
<br />
==== Portada ====<br />
Es obra de 1834, tercer Reino de Granada, según reza en su friso de fina piedra de Sierra Elvira. Su estilo es de un sobrio clasicismo que resalta las líneas puras casi exentas de decoración.<br />
<br />
El vano adintelado de la portada se rodea de un sencillo enmarque de piedra sobre el que se asienta un friso con inscripción alusiva a la donante, y coronándola una cornisa.<br />
<br />
=== Interior ===<br />
Es una armoniosa mezcla de elementos renacentistas y barrocos que recubren paredes y bóvedas llenándolo todo de color y movimiento.<br />
<br />
==== Aspectos constructivos ====<br />
[[Archivo:Nave de los pies.jpg|vínculo=link=Special:FilePath/La_nave_de_los_pies.jpg|alt=|miniaturadeimagen|Nave de los pies ricamente decorada con elementos propios de la Escuela Granadina.]]<br />
La planta es de cruz latina, es decir con los brazos de distinto tamaño, siendo más largo el de los pies.<br />
<br />
Los muros se decoran con pilastras que sustentan un entablamento (arquitrabe, friso con bucráneos en las metopas y triglifos sencillos, cornisa saliente)<br />
<br />
Las cubiertas de las naves consisten en bóvedas de medio cañón divididas, en tramos con lunetos, por arcos fajones o perpiaños. En el crucero destaca la cúpula sobre pechinas, en ella un tambor o cuerpo cilíndrico aporta luz gracias a sus cuatro ventanas.<br />
<br />
Al inicio de la nave de los pies se eleva el pequeño coro en alto.<br />
<br />
En la cabecera, el retablo mayor de estilo barroco, construido en escayola por la Escuela Granadina de Yeseros y Escayolistas, abre en su centro un arco que comunica visualmente con el camarín que alberga a la Virgen de las Nieves.<br />
<br />
==== Decoración en estucos y pinturas ====<br />
Paredes y especialmente bóvedas y cúpula de encuentran decoradas con estucos de la Escuela Granadina de Yeseros y Escayolistas y también con pinturas de la Escuela Granadina de pintura. Todo un prodigio de los artistas del Reino de Granada a partir del siglo XVI, abarcando os estilos renacentista y barroco.<br />
<br />
* En los muros, bajo el entablamento hay '''pinturas al trampantojo''' de tableros de mármoles, sencillos motivos florales...<br />
* En la parte superior de los muros está el '''entablamento''' en relieve, de factura renacentista. Con sus tres partes: '''arquitrabe''' con dos sencillas platabandas, '''friso''' policromado y con relieves de ''metopas'' (en ellas alternan bucráneos y discos, puntualmente hay algunos angelotes) y ''triglifos'' (conjuntos formados tres listoncillos verticales salientes) y por último, '''la cornisa''', encima como es natural, con sencilla policromía y dorados.<br />
* Rematando los muros, sobre el entablamento, hay pinturas con los '''cuatro evangelistas''' y sus símbolos (el '''Tetramorfos''') en los brazos del crucero, y escenas religiosas en el resto bajo los lunetos.<br />
<br />
Las bóvedas<br />
<br />
* Las bóvedas se decoran con pinturas de Querubines portando instrumentos musicales para formar un coro de alabanza, mientras otros portan símbolos de la pasión, la cruz, el Cordero...<br />
* Los '''lunetos''' (partes triangulares de la bóveda) se decoran con vegetación en relieve dorado sobre fondo rojo, y en los medallones que los centran aparecen relieves con el arca de la alianza, la custodia, la escala al cielo...<br />
<br />
La cúpula sobre pechinas<br />
<br />
* En las '''pechinas''' triangulares de la base de la cúpula hay tondos circulares con pinturas religiosas, rodeados de abundante decoración vegetal en altorrelieves dorados y elementos plateados o policromados.<br />
* Sobre las pechinas un '''entablamento''' muy decorado sirve de tránsito al siguiente elemento, el tambor. <br />
* El '''tambor''' es un cuerpo cilíndrico con cuatro ventanas adinteladas tapiadas y ocupadas con pinturas de los cuatro Arcángeles, intercalados hay otros cuatro luminosos ventanales de arco de medio punto. Los ocho huecos de las ventanas se separan con parejas de '''pilastras de orden jónico'''. Rematando el tambor hay '''otro entablamento''' con sus tres partes naturales, arquitrabe friso y cornisa.<br />
* La parte superior se cierra con una '''media naranja''' muy decorada con relieves de finas escayolas y policromía. En su centro '''se insinúa una linterna''' que no llega a tal, pues no tiene todas las características necesarias ni la altura.<br />
<br />
El retablo mayor<br />
<br />
Es de '''estilo Barroco''' y está elaborado en escayola finísima policromada y dorada. Presenta dos cuerpos, el superior de factura más tosca:<br />
<br />
* El '''primer cuerpo''', profusamente decorado, contiene el arco que comunica con el camarín centrado entre dos semicolumnas adosadas a pilastras corintias que soportan un entablamento.<br />
* Es '''segundo cuerpo''', más sobrio y pobre, se centra en Jesús crucificado a cuyos pies se sitúan la Virgen y San Juan. Coronando el conjunto aparece una imagen del Padre Eterno con la mano en situación de bendecir.<br />
<br />
==== Imaginería. Escuela Granadina de Barristas ====<br />
Las imágenes del templo, pertenecientes a la Escuela Granadina de Escultura, son muy interesantes, entre las que destaca '''S Sebastián''' que es el patrón de la Villa de Gabia la Grande.<br />
<br />
Otro elemento digno de destacar son las imágenes de la '''Escuela Granadina de Barristas''': Un apostolado situado en las paredes del templo, un Ecce Homo mostrado todo el dolor que sufrió Jesús pero con la serenidad propia de la escuela Granadina...<br />
<br />
===Camarín===<br />
A mediados del siglo XVIII, en pleno tercer Reino de Granada, se le añadió tras el muro de la cabecera un espléndido camarín de estilo barroco, un espacio recogido y sagrado, inspirado por su recargamiento e intimidad en los miradores de los palacios del segundo Reino de Granada, el nazarí. De '''estilo Barroco Granadino''', sus paredes y cúpula sobre pechinas se recubren de una rica decoración. Sobre un zócalo de mármol o piedra fina de Sierra Elvira con otros mármoles engastados, se alzan muros engalanados con pinturas, yeserías y espejos engastados. Cubriéndolo todo una cúpula sobre pechinas, sin tambor ni ventanas, pero iluminada por las ventanitas de la linterna de su clave, imita la felicidad del cielo gracias a la decoración de yesos polícromos, espejos, relieves de Querubines, pinturas de Ángeles tocando instrumentos rodeados de Querubines, multitud de espejos...<br />
<br />
====La imagen de Nuestra Señora de las Nieves====<br />
Es obra encargada en 1615 a '''Bernabé de Gaviria''' (1577 - 1622) artista polifacético de la '''Escuela Granadina de Escultura''', discípulo Pablo de Rojas, que a lo largo de su vida también trabajó de retablista, veedor de arquitectura para el arzobispado de Granada...<br />
<br />
La Virgen de las Nieves es una hermosa talla policromada y estofada (Técnica que consiste en dorar con pan de oro y aplicar pintura al óleo encima para después rasparlo donde convenga y que resulten unas vestimentas que parecen de tela bordada en oro). <br />
<br />
Cuenta la tradición que, atravesando las cumbres de Sierra Nevada el día 5 de agosto de 1717, el sacerdote Martín de Mérida y su asistente fueron sorprendidos por una de las raras pero espantosas tormentas de nieve de esta sierra granadina, todo se hizo blanco, suelo y cielo, perdiendo la orientación como suele ocurrir en estos casos, creyeron morir y recurrieron a la Virgen que se les apareció con el Niño, esta paró de inmediato la tempestad y les mostró el camino, por lo que se levantaron numerosas ermitas y se crearon romerías, siendo declarada la Virgen de las Nieves patrona de Sierra Nevada y de otras localidades como lo es de Gabia la Grande.</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Ermita_de_la_Virgen_de_las_Nieves,_Gabia_la_Grande&diff=1440Ermita de la Virgen de las Nieves, Gabia la Grande2022-06-01T17:26:51Z<p>Granadino: nueva imagen</p>
<hr />
<div>[[Archivo:Vista exterior de la ermita y dependencias anejas..jpg|miniaturadeimagen|alt=|403x403px|Aspecto general del templo.]]<br />
<br />
La Ermita de la Virgen de las Nieves se sitúa en la cumbre de una suave colina en lo que fueron las afueras de Gabia la Grande, Provincia de Granada, Región Histórica de Granada, España. Actualmente está muy bien cuidada por una comunidad de religiosas. El núcleo urbano ha crecido tanto en los últimos años que ha rodeado a la ermita pero de forma respetuosa.<br />
<br />
== Reseña histórica ==<br />
=== Renacimiento ===<br />
El templo es obra del siglo XVI (inicios del tercer Reino de Granada, el cristiano) muy transformada por reformas posteriores. Se trata de un edificio de planta de cruz latina, es decir, su plano tiene forma de cruz con los brazos de distinto tamaño, siendo el de los pies el más largo.<br />
<br />
=== Barroco ===<br />
Este es el periodo que caracteriza mejor al interior por la exuberante decoración. Se le añade un rico camarín en la cabecera, también una sacristía y otras dependencias. Paredes y techos se llenan de decoración de la Escuela Granadina de Yeseros y Escayolistas, completada posteriormente por la Escuela Granadina de Pintura. Otorgando estas remodelaciones gran belleza y colorido, <br />
<br />
=== Siglo XIX ===<br />
A finales de este siglo, ya en el periodo de la Región de Granada, se le añade una torre que sustituye a la sencilla espadaña que contenía la campana. Su estilo es sobrio, pero lleno de elegancia y enriquecido con un remate octogonal inspirado en los de las torres de la Basílica de la Virgen de las Angustias, Patrona de Granada y de la Región Eclesiástica Granadina (Almería, Granada, Jaén, Málaga y Murcia).<br />
<br />
== Características ==<br />
=== Exterior ===<br />
En general el exterior es sobrio y de líneas rectas, como ocurre con multitud de templos granadinos, pero esto no le resta belleza.<br />
<br />
==== Cimborrio del crucero ====<br />
[[Archivo:Crucero cubierto.jpg|vínculo=link=Special:FilePath/Vista_lateral_del_templo.jpg|alt=|miniaturadeimagen|Vista lateral del templo en donde se aprecian el cimborrio que cubre la cúpula del crucero y a nuestra derecha el camarín.]]<br />
En el cuerpo del templo destaca una especie de torre octogonal llamada en arquitectura "cimborrio", construida durante el periodo del tercer Reino de Granada, el cristiano, con la finalidad de albergar en su interior la cúpula sobre pechinas, con un gran tambor en el que abren cuatro ventanas. Se decora con pilastras y elementos rectilíneos con los que contrasta la curva de los arcos de las ventanas.<br />
<br />
==== Torre ====<br />
En el siglo XIX, en el periodo de la Región de Granada, se añadió una esbelta torre para sustituir la humilde espadaña que contenía las campanas. Se inspira en las torres de la basílica de la Virgen de las Angustias por sus grandes pilastras de los ángulos y su remate octogonal cubierto de sencillo chapitel.<br />
<br />
[[Archivo:La elegante torre de la ermita..jpg|miniaturadeimagen|alt=|311x311px|Torre añadida durante el periodo e la Región Granadina, 1883 según la fecha de su friso.]]<br />
<br />
==== Portada ====<br />
Es obra de 1834, tercer Reino de Granada, según reza en su friso de fina piedra de Sierra Elvira. Su estilo es de un sobrio clasicismo que resalta las líneas puras casi exentas de decoración.<br />
<br />
El vano adintelado de la portada se rodea de un sencillo enmarque de piedra sobre el que se asienta un friso con inscripción alusiva a la donante, y coronándola una cornisa.<br />
<br />
=== Interior ===<br />
Es una armoniosa mezcla de elementos renacentistas y barrocos que recubren paredes y bóvedas llenándolo todo de color y movimiento.<br />
<br />
==== Aspectos constructivos ====<br />
[[Archivo:Nave de los pies.jpg|vínculo=link=Special:FilePath/La_nave_de_los_pies.jpg|alt=|miniaturadeimagen|Nave de los pies ricamente decorada con elementos propios de la Escuela Granadina.]]<br />
La planta es de cruz latina, es decir con los brazos de distinto tamaño, siendo más largo el de los pies.<br />
<br />
Los muros se decoran con pilastras que sustentan un entablamento (arquitrabe, friso con bucráneos en las metopas y triglifos sencillos, cornisa saliente)<br />
<br />
Las cubiertas de las naves consisten en bóvedas de medio cañón divididas, en tramos con lunetos, por arcos fajones o perpiaños. En el crucero destaca la cúpula sobre pechinas, en ella un tambor o cuerpo cilíndrico aporta luz gracias a sus cuatro ventanas.<br />
<br />
Al inicio de la nave de los pies se eleva el pequeño coro en alto.<br />
<br />
En la cabecera, el retablo mayor de estilo barroco, construido en escayola por la Escuela Granadina de Yeseros y Escayolistas, abre en su centro un arco que comunica visualmente con el camarín que alberga a la Virgen de las Nieves.<br />
<br />
==== Decoración en estucos y pinturas ====<br />
Paredes y especialmente bóvedas y cúpula de encuentran decoradas con estucos de la Escuela Granadina de Yeseros y Escayolistas y también con pinturas de la Escuela Granadina de pintura. Todo un prodigio de los artistas del Reino de Granada a partir del siglo XVI, abarcando os estilos renacentista y barroco.<br />
<br />
* En los muros, bajo el entablamento hay '''pinturas al trampantojo''' de tableros de mármoles, sencillos motivos florales...<br />
* En la parte superior de los muros está el '''entablamento''' en relieve, de factura renacentista. Con sus tres partes: '''arquitrabe''' con dos sencillas platabandas, '''friso''' policromado y con relieves de ''metopas'' (en ellas alternan bucráneos y discos, puntualmente hay algunos angelotes) y ''triglifos'' (conjuntos formados tres listoncillos verticales salientes) y por último, '''la cornisa''', encima como es natural, con sencilla policromía y dorados.<br />
* Rematando los muros, sobre el entablamento, hay pinturas con los '''cuatro evangelistas''' y sus símbolos (el '''Tetramorfos''') en los brazos del crucero, y escenas religiosas en el resto bajo los lunetos.<br />
<br />
Las bóvedas<br />
<br />
* Las bóvedas se decoran con pinturas de Querubines portando instrumentos musicales para formar un coro de alabanza, mientras otros portan símbolos de la pasión, la cruz, el Cordero...<br />
* Los '''lunetos''' (partes triangulares de la bóveda) se decoran con vegetación en relieve dorado sobre fondo rojo, y en los medallones que los centran aparecen relieves con el arca de la alianza, la custodia, la escala al cielo...<br />
<br />
La cúpula sobre pechinas<br />
<br />
* En las '''pechinas''' triangulares de la base de la cúpula hay tondos circulares con pinturas religiosas, rodeados de abundante decoración vegetal en altorrelieves dorados y elementos plateados o policromados.<br />
* Sobre las pechinas un '''entablamento''' muy decorado sirve de tránsito al siguiente elemento, el tambor. <br />
* El '''tambor''' es un cuerpo cilíndrico con cuatro ventanas adinteladas tapiadas y ocupadas con pinturas de los cuatro Arcángeles, intercalados hay otros cuatro luminosos ventanales de arco de medio punto. Los ocho huecos de las ventanas se separan con parejas de '''pilastras de orden jónico'''. Rematando el tambor hay '''otro entablamento''' con sus tres partes naturales, arquitrabe friso y cornisa.<br />
* La parte superior se cierra con una '''media naranja''' muy decorada con relieves de finas escayolas y policromía. En su centro '''se insinúa una linterna''' que no llega a tal, pues no tiene todas las características necesarias ni la altura.<br />
<br />
El retablo mayor<br />
<br />
Es de '''estilo Barroco''' y está elaborado en escayola finísima policromada y dorada. Presenta dos cuerpos, el superior de factura más tosca:<br />
<br />
* El '''primer cuerpo''', profusamente decorado, contiene el arco que comunica con el camarín centrado entre dos semicolumnas adosadas a pilastras corintias que soportan un entablamento.<br />
* Es '''segundo cuerpo''', más sobrio y pobre, se centra en Jesús crucificado a cuyos pies se sitúan la Virgen y San Juan. Coronando el conjunto aparece una imagen del Padre Eterno con la mano en situación de bendecir.<br />
<br />
==== Imaginería. Escuela Granadina de Barristas ====<br />
Las imágenes del templo, pertenecientes a la Escuela Granadina de Escultura, son muy interesantes, entre las que destaca '''S Sebastián''' que es el patrón de la Villa de Gabia la Grande.<br />
<br />
Otro elemento digno de destacar son las imágenes de la '''Escuela Granadina de Barristas''': Un apostolado situado en las paredes del templo, un Ecce Homo mostrado todo el dolor que sufrió Jesús pero con la serenidad propia de la escuela Granadina...<br />
<br />
===Camarín===<br />
A mediados del siglo XVIII, en pleno tercer Reino de Granada, se le añadió tras el muro de la cabecera un espléndido camarín de estilo barroco, un espacio recogido y sagrado, inspirado por su recargamiento e intimidad en los miradores de los palacios del segundo Reino de Granada, el nazarí. De '''estilo Barroco Granadino''', sus paredes y cúpula sobre pechinas se recubren de una rica decoración. Sobre un zócalo de mármol o piedra fina de Sierra Elvira con otros mármoles engastados, se alzan muros engalanados con pinturas, yeserías y espejos engastados. Cubriéndolo todo una cúpula sobre pechinas, sin tambor ni ventanas, pero iluminada por las ventanitas de la linterna de su clave, imita la felicidad del cielo gracias a la decoración de yesos polícromos, espejos, relieves de Querubines, pinturas de Ángeles tocando instrumentos rodeados de Querubines, multitud de espejos...<br />
<br />
====La imagen de Nuestra Señora de las Nieves====<br />
[[Archivo:Virgen de las Nieves.jpg|miniaturadeimagen]]<br />
Es obra encargada en 1615 a '''Bernabé de Gaviria''' (1577 - 1622) artista polifacético de la '''Escuela Granadina de Escultura''', discípulo Pablo de Rojas, que a lo largo de su vida también trabajó de retablista, veedor de arquitectura para el arzobispado de Granada...<br />
<br />
La Virgen de las Nieves es una hermosa talla policromada y estofada (Técnica que consiste en dorar con pan de oro y aplicar pintura al óleo encima para después rasparlo donde convenga y que resulten unas vestimentas que parecen de tela bordada en oro). <br />
<br />
Cuenta la tradición que, atravesando las cumbres de Sierra Nevada el día 5 de agosto de 1717, el sacerdote Martín de Mérida y su asistente fueron sorprendidos por una de las raras pero espantosas tormentas de nieve de esta sierra granadina, todo se hizo blanco, suelo y cielo, perdiendo la orientación como suele ocurrir en estos casos, creyeron morir y recurrieron a la Virgen que se les apareció con el Niño, esta paró de inmediato la tempestad y les mostró el camino, por lo que se levantaron numerosas ermitas y se crearon romerías, siendo declarada la Virgen de las Nieves patrona de Sierra Nevada y de otras localidades como lo es de Gabia la Grande.</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Ermita_de_la_Virgen_de_las_Nieves,_Gabia_la_Grande&diff=1438Ermita de la Virgen de las Nieves, Gabia la Grande2022-06-01T17:21:03Z<p>Granadino: actualizando imagenes</p>
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<div>[[Archivo:Vista exterior de la ermita y dependencias anejas..jpg|miniaturadeimagen|alt=|403x403px|Aspecto general del templo.]]<br />
<br />
La Ermita de la Virgen de las Nieves se sitúa en la cumbre de una suave colina en lo que fueron las afueras de Gabia la Grande, Provincia de Granada, Región Histórica de Granada, España. Actualmente está muy bien cuidada por una comunidad de religiosas. El núcleo urbano ha crecido tanto en los últimos años que ha rodeado a la ermita pero de forma respetuosa.<br />
<br />
== Reseña histórica ==<br />
=== Renacimiento ===<br />
El templo es obra del siglo XVI (inicios del tercer Reino de Granada, el cristiano) muy transformada por reformas posteriores. Se trata de un edificio de planta de cruz latina, es decir, su plano tiene forma de cruz con los brazos de distinto tamaño, siendo el de los pies el más largo.<br />
<br />
=== Barroco ===<br />
Este es el periodo que caracteriza mejor al interior por la exuberante decoración. Se le añade un rico camarín en la cabecera, también una sacristía y otras dependencias. Paredes y techos se llenan de decoración de la Escuela Granadina de Yeseros y Escayolistas, completada posteriormente por la Escuela Granadina de Pintura. Otorgando estas remodelaciones gran belleza y colorido, <br />
<br />
=== Siglo XIX ===<br />
A finales de este siglo, ya en el periodo de la Región de Granada, se le añade una torre que sustituye a la sencilla espadaña que contenía la campana. Su estilo es sobrio, pero lleno de elegancia y enriquecido con un remate octogonal inspirado en los de las torres de la Basílica de la Virgen de las Angustias, Patrona de Granada y de la Región Eclesiástica Granadina (Almería, Granada, Jaén, Málaga y Murcia).<br />
<br />
== Características ==<br />
=== Exterior ===<br />
En general el exterior es sobrio y de líneas rectas, como ocurre con multitud de templos granadinos, pero esto no le resta belleza.<br />
<br />
==== Cimborrio del crucero ====<br />
[[Archivo:Crucero cubierto.jpg|vínculo=link=Special:FilePath/Vista_lateral_del_templo.jpg|alt=|miniaturadeimagen|Vista lateral del templo en donde se aprecian el cimborrio que cubre la cúpula del crucero y a nuestra derecha el camarín.]]<br />
En el cuerpo del templo destaca una especie de torre octogonal llamada en arquitectura "cimborrio", construida durante el periodo del tercer Reino de Granada, el cristiano, con la finalidad de albergar en su interior la cúpula sobre pechinas, con un gran tambor en el que abren cuatro ventanas. Se decora con pilastras y elementos rectilíneos con los que contrasta la curva de los arcos de las ventanas.<br />
<br />
==== Torre ====<br />
En el siglo XIX, en el periodo de la Región de Granada, se añadió una esbelta torre para sustituir la humilde espadaña que contenía las campanas. Se inspira en las torres de la basílica de la Virgen de las Angustias por sus grandes pilastras de los ángulos y su remate octogonal cubierto de sencillo chapitel.<br />
<br />
[[Archivo:La elegante torre de la ermita..jpg|miniaturadeimagen|alt=|311x311px|Torre añadida durante el periodo e la Región Granadina, 1883 según la fecha de su friso.]]<br />
<br />
==== Portada ====<br />
Es obra de 1834, tercer Reino de Granada, según reza en su friso de fina piedra de Sierra Elvira. Su estilo es de un sobrio clasicismo que resalta las líneas puras casi exentas de decoración.<br />
<br />
El vano adintelado de la portada se rodea de un sencillo enmarque de piedra sobre el que se asienta un friso con inscripción alusiva a la donante, y coronándola una cornisa.<br />
<br />
=== Interior ===<br />
Es una armoniosa mezcla de elementos renacentistas y barrocos que recubren paredes y bóvedas llenándolo todo de color y movimiento.<br />
<br />
==== Aspectos constructivos ====<br />
[[Archivo:Nave de los pies.jpg|vínculo=link=Special:FilePath/La_nave_de_los_pies.jpg|alt=|miniaturadeimagen|Nave de los pies ricamente decorada con elementos propios de la Escuela Granadina.]]<br />
La planta es de cruz latina, es decir con los brazos de distinto tamaño, siendo más largo el de los pies.<br />
<br />
Los muros se decoran con pilastras que sustentan un entablamento (arquitrabe, friso con bucráneos en las metopas y triglifos sencillos, cornisa saliente)<br />
<br />
Las cubiertas de las naves consisten en bóvedas de medio cañón divididas, en tramos con lunetos, por arcos fajones o perpiaños. En el crucero destaca la cúpula sobre pechinas, en ella un tambor o cuerpo cilíndrico aporta luz gracias a sus cuatro ventanas.<br />
<br />
Al inicio de la nave de los pies se eleva el pequeño coro en alto.<br />
<br />
En la cabecera, el retablo mayor de estilo barroco, construido en escayola por la Escuela Granadina de Yeseros y Escayolistas, abre en su centro un arco que comunica visualmente con el camarín que alberga a la Virgen de las Nieves.<br />
<br />
==== Decoración en estucos y pinturas ====<br />
Paredes y especialmente bóvedas y cúpula de encuentran decoradas con estucos de la Escuela Granadina de Yeseros y Escayolistas y también con pinturas de la Escuela Granadina de pintura. Todo un prodigio de los artistas del Reino de Granada a partir del siglo XVI, abarcando os estilos renacentista y barroco.<br />
<br />
* En los muros, bajo el entablamento hay '''pinturas al trampantojo''' de tableros de mármoles, sencillos motivos florales...<br />
* En la parte superior de los muros está el '''entablamento''' en relieve, de factura renacentista. Con sus tres partes: '''arquitrabe''' con dos sencillas platabandas, '''friso''' policromado y con relieves de ''metopas'' (en ellas alternan bucráneos y discos, puntualmente hay algunos angelotes) y ''triglifos'' (conjuntos formados tres listoncillos verticales salientes) y por último, '''la cornisa''', encima como es natural, con sencilla policromía y dorados.<br />
* Rematando los muros, sobre el entablamento, hay pinturas con los '''cuatro evangelistas''' y sus símbolos (el '''Tetramorfos''') en los brazos del crucero, y escenas religiosas en el resto bajo los lunetos.<br />
<br />
Las bóvedas<br />
<br />
* Las bóvedas se decoran con pinturas de Querubines portando instrumentos musicales para formar un coro de alabanza, mientras otros portan símbolos de la pasión, la cruz, el Cordero...<br />
* Los '''lunetos''' (partes triangulares de la bóveda) se decoran con vegetación en relieve dorado sobre fondo rojo, y en los medallones que los centran aparecen relieves con el arca de la alianza, la custodia, la escala al cielo...<br />
<br />
La cúpula sobre pechinas<br />
<br />
* En las '''pechinas''' triangulares de la base de la cúpula hay tondos circulares con pinturas religiosas, rodeados de abundante decoración vegetal en altorrelieves dorados y elementos plateados o policromados.<br />
* Sobre las pechinas un '''entablamento''' muy decorado sirve de tránsito al siguiente elemento, el tambor. <br />
* El '''tambor''' es un cuerpo cilíndrico con cuatro ventanas adinteladas tapiadas y ocupadas con pinturas de los cuatro Arcángeles, intercalados hay otros cuatro luminosos ventanales de arco de medio punto. Los ocho huecos de las ventanas se separan con parejas de '''pilastras de orden jónico'''. Rematando el tambor hay '''otro entablamento''' con sus tres partes naturales, arquitrabe friso y cornisa.<br />
* La parte superior se cierra con una '''media naranja''' muy decorada con relieves de finas escayolas y policromía. En su centro '''se insinúa una linterna''' que no llega a tal, pues no tiene todas las características necesarias ni la altura.<br />
<br />
El retablo mayor<br />
<br />
Es de '''estilo Barroco''' y está elaborado en escayola finísima policromada y dorada. Presenta dos cuerpos, el superior de factura más tosca:<br />
<br />
* El '''primer cuerpo''', profusamente decorado, contiene el arco que comunica con el camarín centrado entre dos semicolumnas adosadas a pilastras corintias que soportan un entablamento.<br />
* Es '''segundo cuerpo''', más sobrio y pobre, se centra en Jesús crucificado a cuyos pies se sitúan la Virgen y San Juan. Coronando el conjunto aparece una imagen del Padre Eterno con la mano en situación de bendecir.<br />
<br />
==== Imaginería. Escuela Granadina de Barristas ====<br />
Las imágenes del templo, pertenecientes a la Escuela Granadina de Escultura, son muy interesantes, entre las que destaca '''S Sebastián''' que es el patrón de la Villa de Gabia la Grande.<br />
<br />
Otro elemento digno de destacar son las imágenes de la '''Escuela Granadina de Barristas''': Un apostolado situado en las paredes del templo, un Ecce Homo mostrado todo el dolor que sufrió Jesús pero con la serenidad propia de la escuela Granadina...<br />
<br />
===Camarín===<br />
A mediados del siglo XVIII, en pleno tercer Reino de Granada, se le añadió tras el muro de la cabecera un espléndido camarín de estilo barroco, un espacio recogido y sagrado, inspirado por su recargamiento e intimidad en los miradores de los palacios del segundo Reino de Granada, el nazarí. De '''estilo Barroco Granadino''', sus paredes y cúpula sobre pechinas se recubren de una rica decoración. Sobre un zócalo de mármol o piedra fina de Sierra Elvira con otros mármoles engastados, se alzan muros engalanados con pinturas, yeserías y espejos engastados. Cubriéndolo todo una cúpula sobre pechinas, sin tambor ni ventanas, pero iluminada por las ventanitas de la linterna de su clave, imita la felicidad del cielo gracias a la decoración de yesos polícromos, espejos, relieves de Querubines, pinturas de Ángeles tocando instrumentos rodeados de Querubines, multitud de espejos...<br />
<br />
====La imagen de Nuestra Señora de las Nieves====<br />
Es obra encargada en 1615 a '''Bernabé de Gaviria''' (1577 - 1622) artista polifacético de la '''Escuela Granadina de Escultura''', discípulo Pablo de Rojas, que a lo largo de su vida también trabajó de retablista, veedor de arquitectura para el arzobispado de Granada...<br />
<br />
La Virgen de las Nieves es una hermosa talla policromada y estofada (Técnica que consiste en dorar con pan de oro y aplicar pintura al óleo encima para después rasparlo donde convenga y que resulten unas vestimentas que parecen de tela bordada en oro). <br />
<br />
Cuenta la tradición que, atravesando las cumbres de Sierra Nevada el día 5 de agosto de 1717, el sacerdote Martín de Mérida y su asistente fueron sorprendidos por una de las raras pero espantosas tormentas de nieve de esta sierra granadina, todo se hizo blanco, suelo y cielo, perdiendo la orientación como suele ocurrir en estos casos, creyeron morir y recurrieron a la Virgen que se les apareció con el Niño, esta paró de inmediato la tempestad y les mostró el camino, por lo que se levantaron numerosas ermitas y se crearon romerías, siendo declarada la Virgen de las Nieves patrona de Sierra Nevada y de otras localidades como lo es de Gabia la Grande.</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Archivo:Crucero_cubierto.jpg&diff=1437Archivo:Crucero cubierto.jpg2022-06-01T17:19:19Z<p>Granadino: </p>
<hr />
<div>Vista lateral del templo en donde se aprecian el cimborrio que cubre la cúpula del crucero</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Archivo:Nave_de_los_pies.jpg&diff=1436Archivo:Nave de los pies.jpg2022-06-01T17:16:46Z<p>Granadino: </p>
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<div>Nave de los pies ricamente decorada con elementos propios de la Escuela Granadina</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Archivo:Vista_lateral_camarin.jpg&diff=1435Archivo:Vista lateral camarin.jpg2022-06-01T16:27:00Z<p>Granadino: </p>
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<div>Vista lateral del templo en donde se aprecian el cimborrio que cubre la cúpula del crucero y a nuestra derecha el camarín</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Proyecto:Pol%C3%ADtica_de_privacidad&diff=883Proyecto:Política de privacidad2021-10-10T17:58:10Z<p>Granadino: </p>
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<hr />
<div>En el período histórico denominado Transición Española se elaboró la Constitución Española (CE) de 1978, donde representantes de las fuerzas políticas mayoritarias fueron los llamados "redactores o padres de la CE".<br />
<br />
En base a ella, las distintas regiones se fueron constituyendo en Comunidades Autónomas. <br />
{| class="wikitable"<br />
|+<br />
! colspan="2" |La CE prevé dos vías distintas para constituirse en Comunidad Autónoma:<br />
|-<br />
|en base al artículo 143 ''"o de vía lenta"''<br />
|significaba asumir únicamente las competencias reguladas por el artículo 148 de la CE. Para recibir más competencias, había que esperarse 5 años. <br />
|-<br />
|en base al artículo 151 ''"o de vía rápida"''<br />
|significaba asumir todas las competencias posibles, con un nivel similar al de las comunidades llamadas históricas (País Vasco, Cataluña y Galicia)<br />
|}<br />
'''¿Qué sucedió en Andalucía?'''<br />
<br />
La Unión de Centro Democrático (UCD), que estaba en el Gobierno de España, quería que la vía de acceso fuera la del artículo 143. Además, era partidaria de la coexistencia de dos comunidades, la Andalucía Oriental y la Occidental. <br />
<br />
Sin embargo el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) quería una única comunidad de ocho províncias, optando por el artículo 151. <br />
<br />
La pugna entre los partidos políticos fue al alza. La UCD cambió de criterio y aceptó las tesis del PSOE, quedando el proceso claramente orientado hacia la obtención de la autonomía por la '''''vía rápida''''', pudiendo acceder a todas las competencias que les pudieran ser constitucionalmente atribuidas, '''previa aprobación mediante Referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia'''.<br />
<br />
El Referéndum se celebró bajo la criptica y confusa pregunta:<blockquote><br />
''¿Da usted su acuerdo a la ratificación de la iniciativa prevista en el artículo ciento cincuenta y uno de la Constitución a efectos de la tramitación por el procedimiento establecido en dicho artículo?''</blockquote><br />
[[Archivo:Referéndum 1980, resultado .png|miniaturadeimagen|Resultado del Referéndum 1980, publicado en el BOE]]<br />
<br />
<br />
El resultado del Referéndum del proceso autonómico fue '''fallido,''' pues en Almería no se alcanzó la mayoría de votos afirmativos de los electores (en Jaén tampoco se alcanzó inicialmente, pero sí tras resolver la impugnaciones judiciales), por lo cual, según la CE, el proceso se detenía y no podría iniciarse hasta transcurridos cinco años.<br />
<br />
[[Archivo:Documento Interés Nacional.1980.png|miniaturadeimagen|Documento suscrito por los partidos políticos en aras al "Interés nacional"]]<br />
<br />
<br />
<br />
No se respetó el resultado del Referéndum totalmente legal, legítimo y vinculante, que simplemente se salvó al redactar un «'''interés nacional»''' con la finalidad de acceder a la Autonomía por la via del artículo 151. (Puede ver en este documento los nombres de los intervinientes en representación de su partido político)<br />
<br />
<br />
<br />
El conjunto de los partidos políticos en un alarde de lo que hoy en día diríamos "ingeniería legal" buscaron y lograron articular un camino (modificando leyes orgánicas) para desencallar este tema pero...a un alto precio: socavar la voluntad popular y realizar un flagrante '''[[Fraude de ley]]'''<br />
<br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
|+<br />
!Puedes consultar<br />
![https://www.granadahoy.com/opinion/articulos/gran-mentira_0_1184581838.amp.html Artículo de Pilar Bensusan, con el título La Gran Mentira]<br />
|-<br />
!<br />
![[Fraude de ley|Artículo de Antonio Gómez, con el título Fraude de Ley]]<br />
|-<br />
!<br />
![https://www.youtube.com/watch?v=D3MzZs1mkK0 Pucherazo de Almería, contado por sus protagonistas]<br />
|-<br />
!<br />
![[Política_Índice|Volver al Índice de Política]]<br />
|}</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Fraude_de_ley&diff=820Fraude de ley2021-09-19T16:50:35Z<p>Granadino: Granadino trasladó la página Fraude de Ley a Fraude de ley sin dejar una redirección: error ortografico</p>
<hr />
<div>=='''Fraude de ley'''==<br />
<small>Autor: Antonio Gómez Romera:</small><br />
<div style="float:left; width: 50%"><br />
Jurídicamente, se entiende por “Fraude de Ley”, la actuación aparentemente lícita que en realidad persigue evitar la aplicación de la norma establecida para la ocasión.<br />
</div><br />
<div style="float:left;"><br />
{| align="left" style="margin-left:20px;" border="0"<br />
|- <br />
|}<br />
</div><br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
|+<br />
!Código Civil - Título Preliminar <br />
|-<br />
|De las normas jurídicas, su aplicación y eficacia - Capítulo III - Eficacia general de las normas jurídicas - Artículo 6.4: “Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir”. Introducido por el Decreto 1836/1974, de 31 de mayo. Ref. BOE-A-1974-1083.<br />
|}<br />
<br />
<br />
=== '''La Legalidad Constitucional Española''' ===<br />
<br />
<div style="float:left; width: 50%"><br />
La Constitución Española (CE) de 1.978 configura dos distintos procedimientos para acceder a la autonomía: <br />
<br />
El previsto en el artículo 143, más lento en su tramitación, no preconfiguraba las instituciones autonómicas y limitaba las competencias que podrían asumirse (las del '''[https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=148&tipo=2 artículo 148.1]'''). <br />
<br />
Y el establecido en el '''[https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=151&tipo=2 artículo 151]''', procedimentalmente más rápido, garantizaba un poder político propio y un horizonte competencial mayor (con el límite de las reservadas exclusivamente al Estado por el '''[https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=149&tipo=2 artículo 149.1]'''). Esta vía exigía que la iniciativa autonómica fuera ratificada mediante '''Referéndum''', convocado mediante ley orgánica, '''por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia implicada.''' <br />
<br />
En Andalucía, se impuso la opción del art. 151, siendo la única comunidad que finalmente accedió a la autonomía por esta vía, con la intención de equipararse a las llamadas comunidades “históricas” (País Vasco, Cataluña y Galicia), que consiguieron el estatuto de autonomías políticas durante la Segunda República Española.<br />
<br />
Se consensuó políticamente la fecha del 28 de Febrero de 1.980 para la celebración del Referéndum, y se aprobó la '''[https://www.boe.es/eli/es/lo/1980/01/18/2/con Ley Orgánica (LO) 2/1.980]''', de 18 de Enero, reguladora de las distintas modalidades de Referéndum.<blockquote><br />
<br />
Nota: El artículo 8 especifica las formalidades para la celebración del referéndum previsto en el art. 151 de la CE, vía elegida en Andalucía. Su apartado 4 disponía (originalmente) que <br />
<br />
</div><br />
<br />
<div style="float:left;"><br />
{| align="left" style="margin-left:20px;" border="0"<br />
|- <br />
|}<br />
</div><br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
|+<br />
!'''Constitución Española DE 1.978'''<br />
'''Título VIII: De la Organización Territorial del Estado'''<br />
<br />
'''Capítulo Tercero: De las Comunidades Autónomas'''<br />
<br />
'''Artículo 143'''<br />
|-<br />
|1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos.<br />
|-<br />
|2. La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.<br />
|-<br />
|3. La iniciativa, en caso de no prosperar, solamente podrá reiterarse pasados cinco años.<br />
|}<br />
<br />
<br />
''“celebrado el referéndum, si no llegase a obtenerse la ratificación por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia, no podrá reiterarse la iniciativa hasta transcurridos cinco años”.''<br />
<br />
Tanto la Constitución como la L.O. emplean deliberadamente el término ''“electores”'' (ciudadanos inscritos en el censo electoral), y no el de ''“votantes”'' (electores que ejercen efectivamente su derecho de voto) lo que refuerza el "quórum" exigido para acceder a la autonomía por este camino. En el caso de no ratificarse, no podría intentarse otro Referéndum con idéntica pretensión hasta transcurridos cinco años.<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
=== '''Resultado del Referéndum''' ===<br />
El Referéndum fue ratificado por mayoría absoluta en las provincias de Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Málaga y Sevilla; y, tras impugnaciones judiciales, también en Jaén.<br />
<br />
Nota: El porcentaje medio de abstención en estas 7 provincias, fue del 36,27%.<br />
<br />
<br />
'''En Almería''' se produjo un porcentaje del 48,98% de abstención. Casi la mitad del censo electoral almeriense (285.139 personas) no acudió a las urnas. <br />
<br />
'''Los votos favorables''' (119.550) '''sumaron sólo un 42,07% del total de electores, lejos del 50% exigido.'''<br />
<br />
'''No se logró la mayoría absoluta en la provincia de Almería''' '''y, en aplicación directa del art.151 CE y del art. 8.4 de la LO 2/1.980, el Referéndum Autonómico NO quedaba ratificado en Andalucía... y no podría intentarse en los próximos cinco años…'''<br />
<br />
<br />
=== '''Oscuros intereses políticos''' ===<br />
Ante este revés… se sucedieron diversas propuestas: repetir el Referéndum en la provincia de Almería (PSOE), o reconducir el proceso autonómico andaluz al art. 143 (UCD).<br />
<br />
El Presidente del Gobierno, Adolfo Suárez y el Líder de la Oposición, Felipe González acordaron, mediante la '''[https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1980-27702 L.O. 12/1.980, de 16 de Diciembre]''', añadir dos párrafos al art. 8.4 de la L.O. 2/1.980:<blockquote>''“Esto no obstante, la iniciativa autonómica prevista en el artículo 151 se entenderá ratificada en las provincias en las que se hubiere obtenido <u>la mayoría de los votos afirmativos</u> previstos en el párrafo anterior, <u>siempre y cuando los votos afirmativos hayan alcanzado la mayoría absoluta del censo de electores</u> en el conjunto del ámbito territorial que pretenda acceder al autogobierno.''<br />
<br />
''Previa solicitud de la mayoría de los Diputados y Senadores de la provincia o provincias en las que no se hubiera obtenido la ratificación de la iniciativa, <u>las Cortes Generales, mediante Ley Orgánica, podrán sustituir la iniciativa autonómica prevista en el artículo 151 siempre que concurran los requisitos previstos en el párrafo anterior.”</u>''</blockquote>El último párrafo trata de resolver el "caso almeriense"... pero '''suplantando la voluntad popular expresada en las urnas mediante una maniobra política.'''<br />
<br />
<br />
La Disposición Transitoria de la L.O. 12/1.980 dispone:<blockquote>''“Lo dispuesto en la presente Ley será de aplicación a los referéndum de ratificación de la iniciativa autonómica celebrados con anterioridad a su entrada en vigor y desde la vigencia de la Constitución.”''</blockquote>Otorgaba eficacia retroactiva a la modificación… un burdo remiendo del resultado del Referéndum, pero sin votación popular...<br />
<br />
La "oscura maniobra" se consuma ese mismo día (16 de Diciembre) al aprobarse otra Ley Orgánica (13/1.980)... y su "título" (“de sustitución en la provincia de Almería de la iniciativa autonómica”) ya anticipa el "Fraude de Ley" que se va a producir… su único artículo, dispone:<blockquote>''“Habiéndose producido la solicitud de los Diputados y Senadores de la provincia de Almería, a la que alude la Ley Orgánica sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, <u>las Cortes Generales, por los motivos de interés nacional</u> a los que se refiere el título VIII de la Constitución, <u>declaran sustituida en esta provincia la iniciativa autonómica con objeto de que se incorpore al proceso autonómico de las otras provincias andaluzas</u> por el procedimiento del artículo ciento cincuenta y uno de la Constitución.”''</blockquote>La Constitución Española '''no prevé en ninguno de artículos este mecanismo de sustitución… "creado legalmente".'''<br />
<br />
El artículo 151 de la Constitución Española no establece ninguna alternativa subsidiaria, en caso de no ser aprobado el Referéndum en la forma y con la mayoría establecidas.<br />
<br />
Es muy sorprendente que la L.O. 13/1.980 haga referencia a los '''“motivos de interés nacional previstos en el Título VIII de la Constitución”'''... motivos que amparan la actuación de los “Padres de la Patria” para '''suplantar''' la voluntad de los ciudadanos almerienses.<br />
<br />
<br />
=== '''Conclusión''' ===<br />
'''El Referéndum autonómico de Andalucía NO fue ratificado conforme a las disposiciones del artículo 151 de la Constitución Española.'''<br />
<br />
<br />
<u>Las dos Leyes Orgánicas</u> (citadas anteriormente) y redactadas para corregir su resultado… <u>tienen una fuerte sospecha de inconstitucionalidad</u> y aplicando estrictamente el principio de jerarquía normativa (art.9.3 de la Constitución Española), <u>adolecen de un Vicio de Nulidad</u>… y <u>son Nulas e Ineficaces todas las consecuencias derivadas del Referéndum</u>… por lo que '''se podría plantear ante el Tribunal Constitucional la "inconstitucionalidad del Referéndum andaluz".'''</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Fraude_de_ley&diff=819Fraude de ley2021-09-19T16:49:58Z<p>Granadino: Granadino trasladó la página P1 a Fraude de Ley sin dejar una redirección: nombre no adecuado</p>
<hr />
<div>=='''Fraude de ley'''==<br />
<small>Autor: Antonio Gómez Romera:</small><br />
<div style="float:left; width: 50%"><br />
Jurídicamente, se entiende por “Fraude de Ley”, la actuación aparentemente lícita que en realidad persigue evitar la aplicación de la norma establecida para la ocasión.<br />
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!Código Civil - Título Preliminar <br />
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|De las normas jurídicas, su aplicación y eficacia - Capítulo III - Eficacia general de las normas jurídicas - Artículo 6.4: “Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir”. Introducido por el Decreto 1836/1974, de 31 de mayo. Ref. BOE-A-1974-1083.<br />
|}<br />
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<br />
=== '''La Legalidad Constitucional Española''' ===<br />
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<div style="float:left; width: 50%"><br />
La Constitución Española (CE) de 1.978 configura dos distintos procedimientos para acceder a la autonomía: <br />
<br />
El previsto en el artículo 143, más lento en su tramitación, no preconfiguraba las instituciones autonómicas y limitaba las competencias que podrían asumirse (las del '''[https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=148&tipo=2 artículo 148.1]'''). <br />
<br />
Y el establecido en el '''[https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=151&tipo=2 artículo 151]''', procedimentalmente más rápido, garantizaba un poder político propio y un horizonte competencial mayor (con el límite de las reservadas exclusivamente al Estado por el '''[https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=149&tipo=2 artículo 149.1]'''). Esta vía exigía que la iniciativa autonómica fuera ratificada mediante '''Referéndum''', convocado mediante ley orgánica, '''por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia implicada.''' <br />
<br />
En Andalucía, se impuso la opción del art. 151, siendo la única comunidad que finalmente accedió a la autonomía por esta vía, con la intención de equipararse a las llamadas comunidades “históricas” (País Vasco, Cataluña y Galicia), que consiguieron el estatuto de autonomías políticas durante la Segunda República Española.<br />
<br />
Se consensuó políticamente la fecha del 28 de Febrero de 1.980 para la celebración del Referéndum, y se aprobó la '''[https://www.boe.es/eli/es/lo/1980/01/18/2/con Ley Orgánica (LO) 2/1.980]''', de 18 de Enero, reguladora de las distintas modalidades de Referéndum.<blockquote><br />
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Nota: El artículo 8 especifica las formalidades para la celebración del referéndum previsto en el art. 151 de la CE, vía elegida en Andalucía. Su apartado 4 disponía (originalmente) que <br />
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!'''Constitución Española DE 1.978'''<br />
'''Título VIII: De la Organización Territorial del Estado'''<br />
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'''Capítulo Tercero: De las Comunidades Autónomas'''<br />
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'''Artículo 143'''<br />
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|1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos.<br />
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|2. La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.<br />
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|3. La iniciativa, en caso de no prosperar, solamente podrá reiterarse pasados cinco años.<br />
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''“celebrado el referéndum, si no llegase a obtenerse la ratificación por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia, no podrá reiterarse la iniciativa hasta transcurridos cinco años”.''<br />
<br />
Tanto la Constitución como la L.O. emplean deliberadamente el término ''“electores”'' (ciudadanos inscritos en el censo electoral), y no el de ''“votantes”'' (electores que ejercen efectivamente su derecho de voto) lo que refuerza el "quórum" exigido para acceder a la autonomía por este camino. En el caso de no ratificarse, no podría intentarse otro Referéndum con idéntica pretensión hasta transcurridos cinco años.<br />
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=== '''Resultado del Referéndum''' ===<br />
El Referéndum fue ratificado por mayoría absoluta en las provincias de Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Málaga y Sevilla; y, tras impugnaciones judiciales, también en Jaén.<br />
<br />
Nota: El porcentaje medio de abstención en estas 7 provincias, fue del 36,27%.<br />
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<br />
'''En Almería''' se produjo un porcentaje del 48,98% de abstención. Casi la mitad del censo electoral almeriense (285.139 personas) no acudió a las urnas. <br />
<br />
'''Los votos favorables''' (119.550) '''sumaron sólo un 42,07% del total de electores, lejos del 50% exigido.'''<br />
<br />
'''No se logró la mayoría absoluta en la provincia de Almería''' '''y, en aplicación directa del art.151 CE y del art. 8.4 de la LO 2/1.980, el Referéndum Autonómico NO quedaba ratificado en Andalucía... y no podría intentarse en los próximos cinco años…'''<br />
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=== '''Oscuros intereses políticos''' ===<br />
Ante este revés… se sucedieron diversas propuestas: repetir el Referéndum en la provincia de Almería (PSOE), o reconducir el proceso autonómico andaluz al art. 143 (UCD).<br />
<br />
El Presidente del Gobierno, Adolfo Suárez y el Líder de la Oposición, Felipe González acordaron, mediante la '''[https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1980-27702 L.O. 12/1.980, de 16 de Diciembre]''', añadir dos párrafos al art. 8.4 de la L.O. 2/1.980:<blockquote>''“Esto no obstante, la iniciativa autonómica prevista en el artículo 151 se entenderá ratificada en las provincias en las que se hubiere obtenido <u>la mayoría de los votos afirmativos</u> previstos en el párrafo anterior, <u>siempre y cuando los votos afirmativos hayan alcanzado la mayoría absoluta del censo de electores</u> en el conjunto del ámbito territorial que pretenda acceder al autogobierno.''<br />
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''Previa solicitud de la mayoría de los Diputados y Senadores de la provincia o provincias en las que no se hubiera obtenido la ratificación de la iniciativa, <u>las Cortes Generales, mediante Ley Orgánica, podrán sustituir la iniciativa autonómica prevista en el artículo 151 siempre que concurran los requisitos previstos en el párrafo anterior.”</u>''</blockquote>El último párrafo trata de resolver el "caso almeriense"... pero '''suplantando la voluntad popular expresada en las urnas mediante una maniobra política.'''<br />
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La Disposición Transitoria de la L.O. 12/1.980 dispone:<blockquote>''“Lo dispuesto en la presente Ley será de aplicación a los referéndum de ratificación de la iniciativa autonómica celebrados con anterioridad a su entrada en vigor y desde la vigencia de la Constitución.”''</blockquote>Otorgaba eficacia retroactiva a la modificación… un burdo remiendo del resultado del Referéndum, pero sin votación popular...<br />
<br />
La "oscura maniobra" se consuma ese mismo día (16 de Diciembre) al aprobarse otra Ley Orgánica (13/1.980)... y su "título" (“de sustitución en la provincia de Almería de la iniciativa autonómica”) ya anticipa el "Fraude de Ley" que se va a producir… su único artículo, dispone:<blockquote>''“Habiéndose producido la solicitud de los Diputados y Senadores de la provincia de Almería, a la que alude la Ley Orgánica sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, <u>las Cortes Generales, por los motivos de interés nacional</u> a los que se refiere el título VIII de la Constitución, <u>declaran sustituida en esta provincia la iniciativa autonómica con objeto de que se incorpore al proceso autonómico de las otras provincias andaluzas</u> por el procedimiento del artículo ciento cincuenta y uno de la Constitución.”''</blockquote>La Constitución Española '''no prevé en ninguno de artículos este mecanismo de sustitución… "creado legalmente".'''<br />
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El artículo 151 de la Constitución Española no establece ninguna alternativa subsidiaria, en caso de no ser aprobado el Referéndum en la forma y con la mayoría establecidas.<br />
<br />
Es muy sorprendente que la L.O. 13/1.980 haga referencia a los '''“motivos de interés nacional previstos en el Título VIII de la Constitución”'''... motivos que amparan la actuación de los “Padres de la Patria” para '''suplantar''' la voluntad de los ciudadanos almerienses.<br />
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=== '''Conclusión''' ===<br />
'''El Referéndum autonómico de Andalucía NO fue ratificado conforme a las disposiciones del artículo 151 de la Constitución Española.'''<br />
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<u>Las dos Leyes Orgánicas</u> (citadas anteriormente) y redactadas para corregir su resultado… <u>tienen una fuerte sospecha de inconstitucionalidad</u> y aplicando estrictamente el principio de jerarquía normativa (art.9.3 de la Constitución Española), <u>adolecen de un Vicio de Nulidad</u>… y <u>son Nulas e Ineficaces todas las consecuencias derivadas del Referéndum</u>… por lo que '''se podría plantear ante el Tribunal Constitucional la "inconstitucionalidad del Referéndum andaluz".'''</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Fraude_de_ley&diff=817Fraude de ley2021-09-19T16:22:28Z<p>Granadino: </p>
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<div>=='''Fraude de ley'''==<br />
<small>Autor: Antonio Gómez Romera:</small><br />
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Jurídicamente, se entiende por “Fraude de Ley”, la actuación aparentemente lícita que en realidad persigue evitar la aplicación de la norma establecida para la ocasión.<br />
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!Código Civil - Título Preliminar <br />
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|De las normas jurídicas, su aplicación y eficacia - Capítulo III - Eficacia general de las normas jurídicas - Artículo 6.4: “Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir”. Introducido por el Decreto 1836/1974, de 31 de mayo. Ref. BOE-A-1974-1083.<br />
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=== '''La Legalidad Constitucional Española''' ===<br />
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La Constitución Española (CE) de 1.978 configura dos distintos procedimientos para acceder a la autonomía: <br />
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El previsto en el artículo 143, más lento en su tramitación, no preconfiguraba las instituciones autonómicas y limitaba las competencias que podrían asumirse (las del '''[https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=148&tipo=2 artículo 148.1]'''). <br />
<br />
Y el establecido en el '''[https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=151&tipo=2 artículo 151]''', procedimentalmente más rápido, garantizaba un poder político propio y un horizonte competencial mayor (con el límite de las reservadas exclusivamente al Estado por el '''[https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=149&tipo=2 artículo 149.1]'''). Esta vía exigía que la iniciativa autonómica fuera ratificada mediante '''Referéndum''', convocado mediante ley orgánica, '''por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia implicada.''' <br />
<br />
En Andalucía, se impuso la opción del art. 151, siendo la única comunidad que finalmente accedió a la autonomía por esta vía, con la intención de equipararse a las llamadas comunidades “históricas” (País Vasco, Cataluña y Galicia), que consiguieron el estatuto de autonomías políticas durante la Segunda República Española.<br />
<br />
Se consensuó políticamente la fecha del 28 de Febrero de 1.980 para la celebración del Referéndum, y se aprobó la '''[https://www.boe.es/eli/es/lo/1980/01/18/2/con Ley Orgánica (LO) 2/1.980]''', de 18 de Enero, reguladora de las distintas modalidades de Referéndum.<blockquote><br />
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Nota: El artículo 8 especifica las formalidades para la celebración del referéndum previsto en el art. 151 de la CE, vía elegida en Andalucía. Su apartado 4 disponía (originalmente) que <br />
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!'''Constitución Española DE 1.978'''<br />
'''Título VIII: De la Organización Territorial del Estado'''<br />
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'''Capítulo Tercero: De las Comunidades Autónomas'''<br />
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'''Artículo 143'''<br />
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|1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos.<br />
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|2. La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.<br />
|-<br />
|3. La iniciativa, en caso de no prosperar, solamente podrá reiterarse pasados cinco años.<br />
|}<br />
<br />
<br />
''“celebrado el referéndum, si no llegase a obtenerse la ratificación por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia, no podrá reiterarse la iniciativa hasta transcurridos cinco años”.''</blockquote>Tanto la Constitución como la L.O. emplean deliberadamente el término ''“electores”'' (ciudadanos inscritos en el censo electoral), y no el de ''“votantes”'' (electores que ejercen efectivamente su derecho de voto) lo que refuerza el "quórum" exigido para acceder a la autonomía por este camino. En el caso de no ratificarse, no podría intentarse otro Referéndum con idéntica pretensión hasta transcurridos cinco años.<br />
<br />
<br />
<br />
=== '''Resultado del Referéndum''' ===<br />
El Referéndum fue ratificado por mayoría absoluta en las provincias de Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Málaga y Sevilla; y, tras impugnaciones judiciales, también en Jaén.<br />
<br />
Nota: El porcentaje medio de abstención en estas 7 provincias, fue del 36,27%.<br />
<br />
<br />
'''En Almería''' se produjo un porcentaje del 48,98% de abstención. Casi la mitad del censo electoral almeriense (285.139 personas) no acudió a las urnas. <br />
<br />
'''Los votos favorables''' (119.550) '''sumaron sólo un 42,07% del total de electores, lejos del 50% exigido.'''<br />
<br />
'''No se logró la mayoría absoluta en la provincia de Almería''' '''y, en aplicación directa del art.151 CE y del art. 8.4 de la LO 2/1.980, el Referéndum Autonómico NO quedaba ratificado en Andalucía... y no podría intentarse en los próximos cinco años…'''<br />
<br />
<br />
=== '''Oscuros intereses políticos''' ===<br />
Ante este revés… se sucedieron diversas propuestas: repetir el Referéndum en la provincia de Almería (PSOE), o reconducir el proceso autonómico andaluz al art. 143 (UCD).<br />
<br />
El Presidente del Gobierno, Adolfo Suárez y el Líder de la Oposición, Felipe González acordaron, mediante la '''[https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1980-27702 L.O. 12/1.980, de 16 de Diciembre]''', añadir dos párrafos al art. 8.4 de la L.O. 2/1.980:<blockquote>''“Esto no obstante, la iniciativa autonómica prevista en el artículo 151 se entenderá ratificada en las provincias en las que se hubiere obtenido <u>la mayoría de los votos afirmativos</u> previstos en el párrafo anterior, <u>siempre y cuando los votos afirmativos hayan alcanzado la mayoría absoluta del censo de electores</u> en el conjunto del ámbito territorial que pretenda acceder al autogobierno.''<br />
<br />
''Previa solicitud de la mayoría de los Diputados y Senadores de la provincia o provincias en las que no se hubiera obtenido la ratificación de la iniciativa, <u>las Cortes Generales, mediante Ley Orgánica, podrán sustituir la iniciativa autonómica prevista en el artículo 151 siempre que concurran los requisitos previstos en el párrafo anterior.”</u>''</blockquote>El último párrafo trata de resolver el "caso almeriense"... pero '''suplantando la voluntad popular expresada en las urnas mediante una maniobra política.'''<br />
<br />
<br />
La Disposición Transitoria de la L.O. 12/1.980 dispone:<blockquote>''“Lo dispuesto en la presente Ley será de aplicación a los referéndum de ratificación de la iniciativa autonómica celebrados con anterioridad a su entrada en vigor y desde la vigencia de la Constitución.”''</blockquote>Otorgaba eficacia retroactiva a la modificación… un burdo remiendo del resultado del Referéndum, pero sin votación popular...<br />
<br />
La "oscura maniobra" se consuma ese mismo día (16 de Diciembre) al aprobarse otra Ley Orgánica (13/1.980)... y su "título" (“de sustitución en la provincia de Almería de la iniciativa autonómica”) ya anticipa el "Fraude de Ley" que se va a producir… su único artículo, dispone:<blockquote>''“Habiéndose producido la solicitud de los Diputados y Senadores de la provincia de Almería, a la que alude la Ley Orgánica sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, <u>las Cortes Generales, por los motivos de interés nacional</u> a los que se refiere el título VIII de la Constitución, <u>declaran sustituida en esta provincia la iniciativa autonómica con objeto de que se incorpore al proceso autonómico de las otras provincias andaluzas</u> por el procedimiento del artículo ciento cincuenta y uno de la Constitución.”''</blockquote>La Constitución Española '''no prevé en ninguno de artículos este mecanismo de sustitución… "creado legalmente".'''<br />
<br />
El artículo 151 de la Constitución Española no establece ninguna alternativa subsidiaria, en caso de no ser aprobado el Referéndum en la forma y con la mayoría establecidas.<br />
<br />
Es muy sorprendente que la L.O. 13/1.980 haga referencia a los '''“motivos de interés nacional previstos en el Título VIII de la Constitución”'''... motivos que amparan la actuación de los “Padres de la Patria” para '''suplantar''' la voluntad de los ciudadanos almerienses.<br />
<br />
<br />
=== '''Conclusión''' ===<br />
'''El Referéndum autonómico de Andalucía NO fue ratificado conforme a las disposiciones del artículo 151 de la Constitución Española.'''<br />
<br />
<br />
<u>Las dos Leyes Orgánicas</u> (citadas anteriormente) y redactadas para corregir su resultado… <u>tienen una fuerte sospecha de inconstitucionalidad</u> y aplicando estrictamente el principio de jerarquía normativa (art.9.3 de la Constitución Española), <u>adolecen de un Vicio de Nulidad</u>… y <u>son Nulas e Ineficaces todas las consecuencias derivadas del Referéndum</u>… por lo que '''se podría plantear ante el Tribunal Constitucional la "inconstitucionalidad del Referéndum andaluz".'''</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Fraude_de_ley&diff=791Fraude de ley2021-09-19T12:15:40Z<p>Granadino: </p>
<hr />
<div>=='''Fraude de ley'''==<br />
<small>Autor: Antonio Gómez Romera:</small><br />
<div style="float:left; width: 30%"><br />
Jurídicamente, se entiende por “Fraude de Ley”, la actuación aparentemente lícita que en realidad persigue evitar la aplicación de la norma establecida para la ocasión.<br />
</div><br />
<div style="float:left;"><br />
{| align="left" style="margin-left:20px;" border="0"<br />
|- <br />
|}<br />
</div><br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
|+<br />
!Código Civil - Título Preliminar <br />
|-<br />
|De las normas jurídicas, su aplicación y eficacia - Capítulo III - Eficacia general de las normas jurídicas - Artículo 6.4: “Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir”. Introducido por el Decreto 1836/1974, de 31 de mayo. Ref. BOE-A-1974-1083.<br />
|}<br />
<br />
=== '''La Legalidad Constitucional Española''' ===<br />
{| class="wikitable"<br />
|+<br />
!'''CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1.978'''<br />
'''TÍTULO VIII: De la Organización Territorial del Estado'''<br />
<br />
'''CAPÍTULO TERCERO: De las Comunidades Autónomas'''<br />
<br />
'''Artículo 143'''<br />
|-<br />
|1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos.<br />
|-<br />
|2. La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.<br />
|-<br />
|3. La iniciativa, en caso de no prosperar, solamente podrá reiterarse pasados cinco años.<br />
|}<br />
<br />
<br />
La Constitución Española (CE) de 1.978 configura dos distintos procedimientos para acceder a la autonomía: <br />
<br />
El previsto en el artículo 143, más lento en su tramitación, no preconfiguraba las instituciones autonómicas y limitaba las competencias que podrían asumirse (las del '''[https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=148&tipo=2 artículo 148.1]'''). <br />
<br />
Y el establecido en el '''[https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=151&tipo=2 artículo 151]''', procedimentalmente más rápido, garantizaba un poder político propio y un horizonte competencial mayor (con el límite de las reservadas exclusivamente al Estado por el '''[https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=149&tipo=2 artículo 149.1]'''). Esta vía exigía que la iniciativa autonómica fuera ratificada mediante '''Referéndum''', convocado mediante ley orgánica, '''por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia implicada.''' <br />
<br />
En Andalucía, se impuso la opción del art. 151, siendo la única comunidad que finalmente accedió a la autonomía por esta vía, con la intención de equipararse a las llamadas comunidades “históricas” (País Vasco, Cataluña y Galicia), que consiguieron el estatuto de autonomías políticas durante la Segunda República Española.<br />
<br />
Se consensuó políticamente la fecha del 28 de Febrero de 1.980 para la celebración del Referéndum, y se aprobó la '''[https://www.boe.es/eli/es/lo/1980/01/18/2/con Ley Orgánica (LO) 2/1.980]''', de 18 de Enero, reguladora de las distintas modalidades de Referéndum.<blockquote>Nota: El artículo 8 especifica las formalidades para la celebración del referéndum previsto en el art. 151 de la CE, vía elegida en Andalucía. Su apartado 4 disponía (originalmente) que <br />
<br />
''“celebrado el referéndum, si no llegase a obtenerse la ratificación por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia, no podrá reiterarse la iniciativa hasta transcurridos cinco años”.''</blockquote>Tanto la Constitución como la L.O. emplean deliberadamente el término ''“electores”'' (ciudadanos inscritos en el censo electoral), y no el de ''“votantes”'' (electores que ejercen efectivamente su derecho de voto) lo que refuerza el "quórum" exigido para acceder a la autonomía por este camino. En el caso de no ratificarse, no podría intentarse otro Referéndum con idéntica pretensión hasta transcurridos cinco años.<br />
<br />
<br />
=== '''Resultado del Referéndum''' ===<br />
El Referéndum fue ratificado por mayoría absoluta en las provincias de Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Málaga y Sevilla; y, tras impugnaciones judiciales, también en Jaén.<br />
<br />
Nota: El porcentaje medio de abstención en estas 7 provincias, fue del 36,27%.<br />
<br />
<br />
'''En Almería''' se produjo un porcentaje del 48,98% de abstención. Casi la mitad del censo electoral almeriense (285.139 personas) no acudió a las urnas. <br />
<br />
'''Los votos favorables''' (119.550) '''sumaron sólo un 42,07% del total de electores, lejos del 50% exigido.'''<br />
<br />
'''No se logró la mayoría absoluta en la provincia de Almería''' '''y, en aplicación directa del art.151 CE y del art. 8.4 de la LO 2/1.980, el Referéndum Autonómico NO quedaba ratificado en Andalucía... y no podría intentarse en los próximos cinco años…'''<br />
<br />
<br />
=== '''Oscuros intereses políticos''' ===<br />
Ante este revés… se sucedieron diversas propuestas: repetir el Referéndum en la provincia de Almería (PSOE), o reconducir el proceso autonómico andaluz al art. 143 (UCD).<br />
<br />
El Presidente del Gobierno, Adolfo Suárez y el Líder de la Oposición, Felipe González acordaron, mediante la '''[https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1980-27702 L.O. 12/1.980, de 16 de Diciembre]''', añadir dos párrafos al art. 8.4 de la L.O. 2/1.980:<blockquote>''“Esto no obstante, la iniciativa autonómica prevista en el artículo 151 se entenderá ratificada en las provincias en las que se hubiere obtenido <u>la mayoría de los votos afirmativos</u> previstos en el párrafo anterior, <u>siempre y cuando los votos afirmativos hayan alcanzado la mayoría absoluta del censo de electores</u> en el conjunto del ámbito territorial que pretenda acceder al autogobierno.''<br />
<br />
''Previa solicitud de la mayoría de los Diputados y Senadores de la provincia o provincias en las que no se hubiera obtenido la ratificación de la iniciativa, <u>las Cortes Generales, mediante Ley Orgánica, podrán sustituir la iniciativa autonómica prevista en el artículo 151 siempre que concurran los requisitos previstos en el párrafo anterior.”</u>''</blockquote>El último párrafo trata de resolver el "caso almeriense"... pero '''suplantando la voluntad popular expresada en las urnas mediante una maniobra política.'''<br />
<br />
<br />
La Disposición Transitoria de la L.O. 12/1.980 dispone:<blockquote>''“Lo dispuesto en la presente Ley será de aplicación a los referéndum de ratificación de la iniciativa autonómica celebrados con anterioridad a su entrada en vigor y desde la vigencia de la Constitución.”''</blockquote>Otorgaba eficacia retroactiva a la modificación… un burdo remiendo del resultado del Referéndum, pero sin votación popular...<br />
<br />
La "oscura maniobra" se consuma ese mismo día (16 de Diciembre) al aprobarse otra Ley Orgánica (13/1.980)... y su "título" (“de sustitución en la provincia de Almería de la iniciativa autonómica”) ya anticipa el "Fraude de Ley" que se va a producir… su único artículo, dispone:<blockquote>''“Habiéndose producido la solicitud de los Diputados y Senadores de la provincia de Almería, a la que alude la Ley Orgánica sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, <u>las Cortes Generales, por los motivos de interés nacional</u> a los que se refiere el título VIII de la Constitución, <u>declaran sustituida en esta provincia la iniciativa autonómica con objeto de que se incorpore al proceso autonómico de las otras provincias andaluzas</u> por el procedimiento del artículo ciento cincuenta y uno de la Constitución.”''</blockquote>La Constitución Española '''no prevé en ninguno de artículos este mecanismo de sustitución… "creado legalmente".'''<br />
<br />
El artículo 151 de la Constitución Española no establece ninguna alternativa subsidiaria, en caso de no ser aprobado el Referéndum en la forma y con la mayoría establecidas.<br />
<br />
Es muy sorprendente que la L.O. 13/1.980 haga referencia a los '''“motivos de interés nacional previstos en el Título VIII de la Constitución”'''... motivos que amparan la actuación de los “Padres de la Patria” para '''suplantar''' la voluntad de los ciudadanos almerienses.<br />
<br />
<br />
=== '''Conclusión''' ===<br />
'''El Referéndum autonómico de Andalucía NO fue ratificado conforme a las disposiciones del artículo 151 de la Constitución Española.'''<br />
<br />
<br />
<u>Las dos Leyes Orgánicas</u> (citadas anteriormente) y redactadas para corregir su resultado… <u>tienen una fuerte sospecha de inconstitucionalidad</u> y aplicando estrictamente el principio de jerarquía normativa (art.9.3 de la Constitución Española), <u>adolecen de un Vicio de Nulidad</u>… y <u>son Nulas e Ineficaces todas las consecuencias derivadas del Referéndum</u>… por lo que '''se podría plantear ante el Tribunal Constitucional la "inconstitucionalidad del Referéndum andaluz".'''</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=MediaWiki:Common.css&diff=562MediaWiki:Common.css2021-08-19T16:23:58Z<p>Granadino: </p>
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<hr />
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<hr />
<div>/* Los estilos CSS colocados aquí se aplicarán a todas las apariencias */<br />
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}</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Granada:_her%C3%A1ldica_y_vexilolog%C3%ADa&diff=537Granada: heráldica y vexilología2021-08-18T18:06:36Z<p>Granadino: </p>
<hr />
<div><small>Autor: César Girón - Septiembre 2017</small><br />
<br />
<blockquote>[[Archivo:Símbolo de Granada desde 1492.jpg|miniaturadeimagen|400x400px|Granada, símbolo desde 1492|alt=]]''La permanencia del símbolo de Granada entre los más altos emblemas de nuestra nación es testimonio del indeleble significado que el Reino de Granada tuvo, y tiene, en la historia, la política y la organización territorial de España.''<br />
<br />
''A pesar de su importancia y significado, a Granada como concepto histórico-político, se la hizo desaparecer interesadamente del estado de las autonomías.''<br />
<br />
''Su presencia que se extiende entre 1492 y hoy día, 2017, sin ninguna excepción; entre los Reyes Católicos y Felipe VI; en los escudos de España y en los escudos de armas de todos los monarcas; con todos los regímenes habidos: monarquías -cuatro dinastías distintas, considerando la Bonaparte- y repúblicas, tanto en la primera como en la segunda; incluso en las enseñas y emblemas de los distintos bandos contendientes en momentos de conflicto, especialmente en las guerras civiles habidas entre españoles, al menos cuatro desde 1833.''</blockquote>'''Heráldica española'''<br />
<br />
En una conferencia organizada por el aula de Cultura de IDEAL en 2008 con ocasión de la idea de la celebración del Milenio del Reino de Granada, expuse dilatadamente lo que ahora digo sobre la presencia del símbolo de Granada y su reino en el escudo de España y la postergación que del mismo, medida y calculada, se ha hecho en la simbología andaluza. <br />
<br />
Aquella exposición que sorprendió a muchos de los presentes que no habían recalado en el planteamiento, generó la airada respuesta de algún centro directivo de la comunidad <br />
<br />
autónoma, que no estaba dispuesta a permitir el desmán.<br />
<br />
Seguro que incurro de nuevo en el exceso de resaltar el valor de Granada, pero se trata de una cuestión de historia. <br />
<br />
<br />
Según la heráldica, como disciplina auxiliar de la historia, la invención del escudo cuartelado para dar cabida a las distintas armerías fue una creación de Fernando III el Santo en 1230 cuando concibió el escudo de armas de Castilla y León. Los reyes de España posteriores habidos desde los Reyes Católicos -Trastámara-, Austrias, Borbones, Bonaparte, Saboya y las dos repúblicas, mantuvieron en sus emblemas oficiales las armas del Reino de Granada. <br />
{| class="wikitable" style="margin-left: auto; margin-right: 0px; background:lightgrey;"<br />
|'''[[Glosario Heráldica|Glosario]]'''<br />
'''[[Glosario Heráldica|de Heráldica]]''' <br />
|}<br />
Como tal blasón ha sido recogido principalmente en el entado del escudo, en la punta, como elemento simbólico de cierre de la unidad nacional. No obstante, no han faltado construcciones heráldicas que le han dado otra posición más destacada, como la de José I Bonaparte, que dividió el escudo en seis cuarteles, concediendo el quinto a Granada y el sexto a las Indias. En la heráldica de armas de los reyes españoles ha sucedido igual. El escudo ha recogido el blasón de Granada principalmente entado en punta, sin perjuicio de que en alguna ocasión ha aparecido centrado a modo de escusón.<br />
<br />
Asimismo, prácticamente el diseño de la granada ha sido el mismo: «al natural, rajada de gules o rojo, tallada y hojada de dos hojas de sinople o verde», aunque en el caso del escudo de la II República se expresó no en natural sino en sinople y rajada de gules. Colores, sinople y gules, que posteriormente, en 1980, el concejal José Miguel Castillo Higueras, ambientándose también en los colores del estandarte de Muhammad I, empleara en la bandera de la ciudad.<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
'''En Andalucía'''<br />
<br />
Llama la atención tras lo dicho, como se porfió en la eliminación de la presencia y significado de Granada en la vexilología y la heráldica andaluza, al tiempo de hacer nacer la actual 'gran' Andalucía, en la que se optó por borrar todo recuerdo de un pasado acrisolado que nos encontraba y crear una serie de símbolos poco reconocibles. Que Hércules y las columnas del Plus Ultra están vinculados con la historia de España, no hay duda, aunque sea más mitológico que real. De lo que sí la hay es de que lo sea exclusivamente de Andalucía. Menos aún lo es la verde y blanca, a la que como bandera se le ha tratado de buscar origen y fundamento en lejanos pendones de la Edad Media, todos vinculados con el Islam, claro, en esa búsqueda de una pretendida edad de oro, en la edad media, de una inexistente Andalucía.<br />
<br />
<br />
'''Origen mítico'''<br />
<br />
Así, decir por ahora aquí, que se le han señalado -o inventado- varios orígenes. Acaso el más 'noble', se señala por su origen el del ser ya pendón del emir Al Mutasim de la taifa de Almería, en cuya alcazaba, allá por el año 1051, ondeaba. Ello ha servido para llevar a los nacionalistas andaluces a decir que «ante ella nos encontramos con absoluta seguridad con la bandera más antigua de toda Europa, y por lo tanto, probablemente, de las que se siguen usando oficialmente hoy día en el mundo». Afirmación, a mi entender, tan peregrina como osada. Más cuando se eleva a categoría de tautología irrefutable porque lo hacen nacer de unos versos, tomados por Henri Peres en su libro 'Esplendor de Al Andalus', de un poema de Abú Asbag Ibn Arqam: <blockquote>''«Una verde bandera/ que se ha hecho de la aurora blanca un cinturón/ despliega sobre ti un ala de delicia,/ que ella te asegure la felicidad/ al concederte un espíritu triunfante».'' </blockquote>Se señalan otros fundamentos no menos arriesgados, e incluso, en orden a ser origen del pendón andaluz.<br />
<br />
Así, no debe olvidarse la cita en la Historia General de España (1896) de Miguel Morayta, que narra la entrada de Abderramán en la llanura de Sevilla, en la zona de la actual Tocina y Los Rosales, que los avezados glosadores del régimen señalan como origen mítico de la bandera, argumento al que suman una cita dispersa en la historiografía que avalan con el hecho de que fuera citada por Claudio Sánchez Albornoz en 'Lecturas históricas españolas', que viene a referirse al mismo pasaje, de al 'Ajbar machmua' o 'Crónica anónima del siglo XI'.<br />
<br />
<br />
'''Asambleas regionalistas'''<br />
<br />
Ahora bien, se sabe de las propuestas y resultados de las fallidas asambleas regionalistas de Ronda (1918) y de Córdoba (1919) donde los 'teóricos' representantes de Granada y de otras provincias abandonaron la reunión y abortaron los resultados pretendidos por los protoandalucistas encabezados por los 'liberalistas' Blas Infante o Álvarez Ossorio, donde se reconoce que es necesario abandonar el color negro y el rojo que habían pensado para la bandera de Andalucía. El negro que representaba «el luto por los caídos», que «había que cambiarlo por la alegría»; y el rojo que testimoniaba «la sangre vertida» porque «estimulaba a venganzas que había que desterrar».<br />
<br />
Ya en 1932 se asume por la desastrosa asamblea regionalista por primera vez la bandera blanca y verde como bandera de su Andalucía, pensada inicialmente sin escudo; bandera que elevan por vez primera tres notables personalidades del momento en Sevilla: José González Fernández de la Bandera, alcalde de la ciudad entre 1931 y 1933, Hermenegildo Casas Jiménez, presidente de la Diputación sevillana, y Blanca Vázquez, hija del periodista andalucista, amigo personal de Blas Infante y uno de los más vehementes defensores del 'Ideal Andaluz', José Andrés Vázquez y Pérez, que fue la encargada de izarla.<br />
<br />
No es necesario que traslade ahora aquí lo que los representantes públicos granadinos del momento, alcalde de Granada y presidente de la Diputación, principalmente, ambos del PSOE, opinaron de aquella azarosa asamblea de 1932 y con qué argumentos rechazaron participar. Mejor en otro momento. Pero quede que Granada, metódica e interesadamente, se hizo desaparecer del estado de las autonomías, con la manipulada historia del andalucismo. Tiene explicación...<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
<br />
Puede consultarse información de los símbolos actuales de Granada, clicando en la imagen <br />
[[Image:Escudo_provincia_granada.png|136x136px|link=Escudos_y_bandera_de_Granada|alt=]]<br />
<br />
[[Categoría:Historias de la historia]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Ambito_territorial&diff=427Ambito territorial2021-08-05T17:56:41Z<p>Granadino: </p>
<hr />
<div>==='''Ámbito Territorial'''===<br />
<br />
===='''Aspectos generales'''====<br />
El ámbito territorial que se considera en GranadaWiki es el constituido por las actuales provincias de Almería, Jaén, Granada y Málaga. Cabe indicar que, lógicamente, los territorios históricos del antiguo [https://es.m.wikipedia.org/wiki/Reino_nazar%C3%AD_de_Granada Reino Nazarí de Granada] no se ceñían con exactitud a las citadas provincias.<br />
<br />
===='''Toponimia'''====<br />
<br />
<br />
pendiente de desarrollo<br />
<br />
<br />
===='''Símbolos oficiales'''====<br />
En este apartado se detallan los Escudos y Banderas de cada una de las 4 provincias con sus explicaciones heráldicas.<br />
<br />
Asimismo están los enlaces a todos los Escudos de los pueblos de las 4 provincias.<br />
<br />
===== [[Símbolos de Almería|'''Escudos y bandera de Almería ---> consultar aquí''']] =====<br />
<br />
===== '''[[Escudos y bandera de Granada|Escudos y bandera de Granada ---> consultar aquí]]''' =====<br />
<br />
===== '''Escudos y bandera de Jaén ---> consultar aquí''' =====<br />
<br />
===== '''Escudos y bandera de Málaga ---> consultar aquí''' =====<br />
<br />
<br />
.<br />
<br />
==== '''Símbolos no oficiales''' ====<br />
En este apartado se detallan otros símbolos que por sus características históricas, culturales, populares, etc pueden representar un símbolo de cada una de las 4 provincias.<br />
[[Archivo:Alcazaba de Almeria2.jpg|miniaturadeimagen|Alcazaba de Almería ]]<br />
<br />
===== '''Almería''' =====<br />
[[Archivo:Catedral-almeria.png|miniaturadeimagen|Catedral de Almería |alt=]]<gallery><br />
Archivo:Alcazaba de Almeria2.jpg|Alcazaba de Almería<br />
Archivo:Catedral-almeria.png|Catedral de Almería<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
[[Archivo:Indalo.png|miniaturadeimagen|Indalo|alt=|270x270px]]<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
.<br />
<br />
[[Archivo:Catedral granada.jpg|miniaturadeimagen|Catedral de Granada ]]<br />
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===== '''Granada''' =====<br />
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[[Archivo:Sierra nevada.jpg|izquierda|miniaturadeimagen|Sierra Nevada]]<br />
[[Archivo:Fruta granada abierta.jpg|miniaturadeimagen|Granadas]]<br />
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[[Archivo:Catedral de jaen.jpg|izquierda|miniaturadeimagen|Catedral de Jaén ]]<br />
[[Archivo:Castillo santa catalina jaen.jpg|miniaturadeimagen|Castillo de Santa Catalina en Jaén ]]<br />
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[[Archivo:SANTO ROSTRO DE JAEN.jpg|izquierda|miniaturadeimagen|Santo Rostro de Jaén ]]<br />
[[Archivo:Campo de olivos.jpg|miniaturadeimagen|350x350px|Campos de olivos en Jaén ]]<br />
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[[Archivo:Castillo gibralfaro malaga.jpg|izquierda|miniaturadeimagen|Castillo Gibralfaro ]]<br />
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<hr />
<div>Recopilamos historias de la Historia. Diversas fuentes y escritores.</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=MediaWiki:Sidebar&diff=344MediaWiki:Sidebar2021-07-27T22:02:11Z<p>Granadino: </p>
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<hr />
<div>Las primeras Historias de nuestra Historia las ha elaborado César Girón (publicadas en El Ideal desde julio.2021) y que denomina:<br />
<br />
=== '''Memorias de la Historia''' ===<br />
<br />
===== '''La Spaniae bizantina''' =====<br />
[[Archivo:Spaniae bizantina.png|miniaturadeimagen|Justiniano, en el mosaico de San Vital de Rávena. / PETAR MILOSEVC]]<br />
<blockquote>''La conquista de la Hispania meridional es la última empresa de Justiniano en Occidente, dentro de su grandioso programa de reconstruir Roma. Acaso, es también la menos conocida.''<br />
<br />
</blockquote>Hace años me llamó la atención un estudio que ponía de manifiesto cómo en el sureste español había personas que portaban genes iranos, genes propios de los pueblos nórdicos y de griegos tracios. La razón, se afirmaba, se encontraba en la presencia durante varias generaciones y décadas, de vándalos, alanos y bizantinos en el sureste peninsular. En el magnífico estudio de Orlandis sobre el reino visigodo español se da cuenta como aún más allá de lo genético, hoy día permanecen ciertos elementos de diversa índole que recuerdan la presencia del imperio romano de oriente en nuestro país.<br />
<br />
El establecimiento de los visigodos en la península Ibérica, tras ser vencidos en la primavera de 507 por los francos cerca de Poittiers en la batalla de Vouillé, en los Campos Vogladensis, aparece rodeado de una nebulosa en la que casi todo es especulación histórica. Los godos habían penetrado anteriormente en Hispania por encargo de Roma, principalmente, con Walia en 417, para poner orden entre los pueblos bárbaros ya instalados, suevos, vándalos y alanos.<br />
<br />
La derrota de Alarico II ante Clodoveo I supuso la desaparición de la presencia de los godos al norte de los Pirineos, salvo en la Septimania, y el traslado de la capital visigoda instalada en Tolosa, años después, a Toletum, desde donde trataron de controlar el extenso territorio hispano. Un dominio en el que uno de sus pasajes es el de la llegada, establecimiento y presencia del imperio bizantino en el sur y el sureste peninsular, entre 552 y 625.<br />
<br />
Las tropas imperiales de Justiniano concluían por entonces sus acciones en Italia en la Guerra Goda. Acudieron a Hispania llamadas por el magnate Atanagildo, quien habría demandado ayuda frente a Agila l. Los intereses de los visigodos levantados y los bizantinos se proyectarían entonces sobre el territorio de Hispania. Bizancio, el imperio romano de oriente con capital en Constantinopla, ciudad de la antigua Tracia griega, en tiempo del Justiniano I el Grande (527-565), había emprendió distintas acciones para procurar la Renovatio Imperii: la recuperación íntegra del mundo mediterráneo y rehacer la unidad del antiguo Imperio.<br />
<br />
La conquista de la Hispania meridional es la última empresa en Occidente de Justiniano dentro de su grandioso programa de reconstruir Roma y acaso también la menos conocida.<br />
<br />
En junio o julio de 552 las tropas imperiales desembarcaron en Hispania, unieron sus fuerzas a los partidarios de Atanagildo y derrotaron al ejército de Agila I. El lugar escogido para el desembarco es aún hoy objeto de discusión. Unos historiadores consideran que teniendo en cuenta que Atanagildo se encontraba en Hispalis y las tropas reales de Agila en Emerita Augusta (Mérida), parece que la elección de un puerto con fácil acceso a una calzada que condujese al interior de la actual Sevilla sería lo más apropiado, por lo que es altamente probable que la flota bizantina recalase previamente en Septem (Ceuta), lo que situaría como puerto de desembarco uno próximo al estrecho de Gibraltar, de modo muy similar a lo que ciento cincuenta años después, en 711, efectuara T'arik Ibn Ziyad, llamado por Rodrigo. Ello no empece que posteriormente se efectuase un nuevo desembarco en la costa de la Cartaginense, en un lugar próximo a Cartagena.<br />
<br />
¿Cuál sería la extensión de la provincia bizantina en Hispania? Ante la aludida falta de informaciones precisas debemos movernos en el terreno de las hipótesis, espulgando datos que nos permitan conocer el alcance de la conquista justinianea, que se fue ampliando durante el enfrentamiento entre Agila I y Atanagildo. Durante las décadas siguientes el territorio imperial se vería disminuido progresivamente. Sin ninguna duda el ejército de Justiniano se apoderó de una amplia franja costera de la Bética y de la Cartaginense comprendida entre la desembocadura del Guadalete y el norte de Cartagena. Carthago Spartaria (Cartagena) y Malaca (Málaga) fueron las mayores ciudades y los más importantes puertos imperiales en el litoral mediterráneo hispano. La penetración hacia el interior de la dominación imperial es difícil de precisar, pero se conoce que Asidona (Medina Sidonia), fue conquistada, ya que Leovigildo hubo de recuperarla en 572, así como la plaza de Sagontia, al norte de Asidona, en la calzada romana hacia Hispalis, que las fuentes citan también en manos bizantinas, y que los generales de Witerico (603-610) hubieron de tomarla durante su reinado; y Basti (Baza) que fue conquistada en el 555, por su importante valor estratégico en las comunicaciones entre la levantina y la bética, para facilitar el contacto con las tropas del sur.<br />
<br />
Actualmente el territorio conquistado amplía sus márgenes, porque es un dato cierto que Illici (Elche) y Dianium (Denia) permanecieron bajo control bizantino hasta los últimos años de la presencia de los imperiales en Hispania. Eso sí, parece que estos nunca tuvieron presencia en Sevilla y Córdoba.<br />
<br />
Para los visigodos los aliados bizantinos pronto se convirtieron en unos molestos invitados, conocidos sus deseos de conquista íntegra de la antigua Hispania. Atanagildo convertido en rey intentó expulsarlos, los combatió y consiguió vencer en algunas ocasiones, pero no pudo desalojarlos, prolongándose su presencia hasta 625, casi tres cuartos de siglo, hasta que el que sería primer basileus bizantino, Flavio Heraclio Augusto, que por distintas razones se vio conminado a abandonar Spaniae, la provincia occidental de Bizancio.<br />
<br />
<br />
===== '''Batallas y enfrentamientos fronterizos en la Alta Andalucía''' =====<br />
<blockquote>''Una zona con testimonios de presencia humana desde la Prehistona. que cobró un papel muy especial durante la última fase de la Reconquista. con Moclín y La Mota como bastiones más importantes''</blockquote><br />
[[Archivo:Castillo de Moclín .png|miniaturadeimagen|Castillo de Moclín ]]<br />
La ubicación del impresionante castillo de Moclín —castillo del Distrito—, eje central que disciplina toda la comarca conocida como de los Montes Occidentales o del Poniente granadino —Montefrío, Íllora y Moclín—, no es fruto del capricho. Su situación es estratégica para el control de lo que siempre, por una razón histórica u otra, fue zona de frontera y vía de comunicaciones entre el sureste peninsular y el interior, por los pasos de Puerto Lope y del río Velillos; una apertura en las sierras protectoras de la depresión de Granada que separan la Alta Andalucía del valle del Guadalquivir, por la ruta del Gollizno.<br />
<br />
Al otro lado, la comarca de la Sierra Sur de Jaén, con tres municipios de fricción —Alcalá la Real, Frailes y Valdepeñas de Jaén—. En Alcalá, por oposición a la de Moclín, se yergue otra imponente fortaleza, la de la Mota. Ambas se vigilan; desde la una se divisa la otra; y ora aliadas, ora enemigas, conforman un panorama en el que se han escrito decisivas páginas de la historia de España.<br />
<br />
Los parajes repartidos entre ambas comarcas limítrofes de Granada y Jaén fueron lugar de asentamiento y presencia humana constatada al menos desde el neolítico. Los muy numerosos e interesantes yacimientos arqueológicos que se localizan —dólmenes, necrópolis y pinturas rupestres—, lo evidencian.<br />
<br />
Exponentes de esta presencia ancestral son los yacimientos del cortijo de la Hiedra Alta, de la cueva del Hornuelo de la Solana, los de las cuevas de la Araña, las Vercas y la del Torreón, oquedades y abrigos del neolítico, principalmente de la edad del bronce, donde existen interesantísimas manifestaciones de arte rupestre. También son de citar la cueva de la Zorrera de la Cañada Honda y el poblado neolítico de la Torre de Mingo Andrés, además de otros de prospección más reciente como la cueva de las Canteras y la Sima del Puerto. Sin embargo, es la cueva del Malalmuerzo, el considerado más importante de todos.<br />
<br />
Con la llegada de los romanos surgieron diversas villas. Restos quedan en Tiena, Olivares y el cortijo de Bucor, y los asentamientos en los silos de Tózar, donde se localiza un cementerio visigodo que estuvo completamente abandonado hasta no hace mucho. Ya sabemos de la dificultosa presencia de los godos en esta zona peninsular, primero por la presencia de vándalos y posteriormente de bizantinos, considerándose por algunos estudios que fue este precisamente el borde y punto de fricción con estos.<br />
<br />
Pero las comarcas del Poniente y de la Sierra Sur nunca fueron más tierra de frontera que durante la presencia del reino nazarí de Granada. Del momento, además de ambas fortalezas principales, Moclín y la Mota, quedan vigorosas y solitarias atalayas: Tózar, la Migo Andrés, la Porqueriza o la Solana, que servían para vigilancia y comunicación con la fortificación principal de la que eran apéndices avanzados, el castillo de Moclín, que no sería rendido hasta 1486 por los Reyes Católicos.<br />
<br />
El castillo alcalaíno es considerado de época nazarí, señalando la historia que su iniciador fue, sin embargo, el tercer emir o rey granadino de la primera dinastía, la zirí, Badis ben Habuz.<br />
<br />
====== Una terrible matanza ======<br />
Se han cumplido 741 años del acaecimiento de la batalla de Moclín; terrible matanza ocurrida el 23 de junio de 1280 en la que se enfrentaron las tropas del sultán Muhammad II y las huestes y mesnadas comandadas por el Infante Sancho de Castilla, —Sancho IV tras la muerte de su padre—, Alfonso X el Sabio que fue realmente quien preparó en Badajoz y Córdoba el asalto a la vega granadina, con apoyo de las tropas santiaguistas al mando del maestre Gonzalo Ruiz de Girón, que moriría en el enfrentamiento. Bajo la atalaya de Migo Andrés, donde se ubica el cortijo de la Matanza, que recibe su nombre por tal suceso, tuvo lugar el enfrentamiento en el que en pocas horas murieron, según las fuentes, entre 2800 y 4000 caballeros y peones cristianos, por la depurada estrategia militar y la celada preparada por los musulmanes.<br />
<br />
La batalla provocaría la detención de la reconquista, pujante desde las Navas de Tolosa (1212), y la conclusión del Tratado de Jaén, que posibilitaría la subsistencia del reino nazarí de Granada hasta su capitulación en 1492.<br />
[[Category:Historias de la historia]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Editar_p%C3%A1gina&diff=280Editar página2021-04-20T10:29:13Z<p>Granadino: </p>
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[[Categoría:Ayudas]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Crear_una_p%C3%A1gina&diff=225Crear una página2021-04-18T17:13:53Z<p>Granadino: Protegió «Crear una página» ([Editar=Solo administradores] (indefinido) [Trasladar=Solo administradores] (indefinido))</p>
<hr />
<div>{{DISPLAYTITLE:Crear una página}}<br />
<br />
En la wiki, la información se organiza en Páginas que a su ver pueden pertenecer a Categorías. <br />
<br />
Las páginas pueden contener texto, imágenes, enlaces, referencias, etc. Y pueden organizarse en secciones (como esta).<br />
<br />
Crear una página de información en la wiki es realmente sencillo. Existe dos procedimientos principales:<br />
<br />
== Nombres de páginas ==<br />
Es aconsejable que los nombres de página no contenga acentos ni espacios. Estos pueden ir en el '''título''' de la página.<br />
<br />
Distinguimos entre [https://es.wikipedia.org/wiki/Localizador_de_recursos_uniforme URL] que es la '''dirección web de la página''' y el título que se muestra. La URL es la dirección que podemos dar a otra persona para que nos visite y al ser un mecanismo web tiene ciertas reglas. Por ese motivo los espacios se sustituyen por caracteres especiales al igual que los acentos y otros signos. Con lo que es muy complejo poder pasarlos.<br />
<br />
Existen dos modos de escribir nombres para URL:<br />
<br />
* ''CamelCase:'' las palabras se escriben juntas pero la inicial de cada una de ellas se escribe en mayúscula excepto la primera palabra. Ejemplo: '''capillaReal'''<br />
* ''Snake_Case'': Las palabras se escriben sustituyendo los espacios guión bajo <code>Mayus. + -</code> Ejemplo; '''capilla_real'''<br />
Ambos modos son aceptados. Pero por convención y claridad en la lectura preferimos el modo ''Snake_Case.''<br />
<br />
== Tres métodos de creación ==<br />
<br />
==== Desde la URL====<br />
[[Archivo:Crear pagina url.png|alt=crear página desde la url|miniaturadeimagen|Creación de páginas desde la URL del navegador]]<br />
#Sitúate al final de la barra de dirección:<br />
##<code><nowiki>https://granadawiki.org/wiki/</nowiki>'''Página '''Principal</code> Cambiar a:<br />
##<code><nowiki>https://granadawiki.org/wiki/</nowiki>'''Nombre_de_pagina_nueva'''</code><br />
#Con la tecla retroceso, borra el texto "Página_principal"<br />
#En su lugar por el Título de la página que quieres crear, por ejemplo, ''"CapillaReal"'' El texto ha de quedar así: granadawiki.org/wiki/'''<code>CapillaReal</code>''' y dale a intro.<br />
<br />
====Desde el buscador====<br />
En el buscador '''"buscar"''' de la barra lateral escriba las palabras que desea. Si la página no existe tendrá la opción de crearla.<br />
<br />
====Desde un enlace rojo====<br />
Cuando se crean enlaces cuya página aún no existe el enlace aparece en <span style="color:red;">'''rojo'''</span>. Como editor puede optar por crear la página.<br />
<br />
== Creación de la página==<br />
<br />
* En los tres casos saldrá este texto:<br />
*En este momento no hay texto en esta página. Puedes [[Especial:Buscar/P1|buscar el título de esta página]] en otras páginas, buscar en los registros relacionados, o crear esta página.<br />
* Clicar en ''Crear esta página''<br />
*Te ha situado en la pestaña "Crear fuente" (arriba a la derecha). Para que te sea más fácil, ve a la pestaña "Crear"<br />
*Debajo del Titulo que has puesto antes, tienes espacio en blanco para escribir lo que quieras.<br />
*Haz la prueba…. Escribe algo y "Guarda la página" clicando el botón azul de arriba a la derecha<br />
*Ya tienes la página creada. Para acceder a ella, recuerda que has de poner <code>granadawiki.org/wiki/CapillaReal</code> (con el nombre que le hayas dado, en vez de CapillaReal)<br />
<br />
== Primeros pasos con la nueva Página==<br />
A la derecha tienes el lápiz donde poder cambiar del editor visual al de código. Y tienes un menú "hamburguesa" (tres rayas horizontales), donde asignar una [[mediawikiwiki:Help:Categories/es|categoría]] y otros ajustes de la página.<br />
<br />
Configurar correctamente tu página es esencial, sobre todo agregar la/s categorías a la que pertenecerá.<br />
<br />
Para más información consulta [[Editar página]]. Y en la [[mediawikiwiki:Help:Starting_a_new_page/es#Utilizando_plantilla_de_creaci%C3%B3n_del_art%C3%ADculo|ayuda de mediawiki]]<br />
[[Categoría:Ayudas]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Editar_p%C3%A1gina&diff=207Editar página2021-04-18T09:55:19Z<p>Granadino: </p>
<hr />
<div>Editar el contenido de una página es agregar contenido y darle un formato adecuado a lo que se quiere transmitir.<br />
<br />
El editor cuenta con una serie de recurso a su disposición que permite una maquetación de la información bien estructurada.<br />
<br />
__TOC__<br />
<br />
== Elementos de maquetación ==<br />
En la maquetación de la información podemos distinguir tres apartados:<br />
<br />
# Elementos de párrafo.<br />
# Elementos de estructura.<br />
# Elementos gráficos y de soporte.<br />
<br />
=== Elementos de párrafo ===<br />
El elemento más básico es el párrafo. La barra de opciones superior contiene lo necesario para ayudarle a dotar los párrafos de '''negritas,''' ''cursivas,'' <u>subrayados,</u> enlaces y demás. Muchos de estos elementos tienen su propio atajo de teclado para evitar distracciones a la hora de escribir. Veamos una lista de los más usados con sus atajos.<br />
<br />
* Negrita <code>[Ctrl +B]</code><br />
* Cursiva <code>[Ctrl + I]</code><br />
* Subrayar <code>[Ctrl + U]</code><br />
* Enlaces <code>[Ctrl + K]</code> (Hay un apartado especial para enlaces.)<br />
* Código informático <code>[Ctrl + Mayus. + 6]</code> (la forma en que se ven los atajos de teclado están hechos con este código informático. Tiene un estilo distinto al resto del texto, con color de fondo grisáceo)<br />
* Listas:<br />
** Listas con viñetas. (esta es una lista con viñeta):<br />
** Listas numeradas.<br />
** Aumentar sangría <code>[Tab]</code> (este a partado tiene 1 sagría de Listas).<br />
** Reducir sangria <code>[Mayus +Tab]</code><br />
* Tablas. (Hay un apartado especial para tablas).<br />
* Caracteres especiales. Se usa desde la barra de menú con el símbolo <big><code>Ω</code></big> <br />
* Bloques de citas. ( desde el menú selector de títulos y Párrafos )<br />
<br />
=== Elementos de estructura ===<br />
Es recomendable estructurar la página en secciones configurándolo con los Títulos y subtítulos de manera que se crea una caja de sumario. Esto permite crea secciones dentro del texto para dar una mayor claridad al contenido.<br />
<br />
[[Categoría:Ayudas]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Editar_p%C3%A1gina&diff=206Editar página2021-04-18T09:52:06Z<p>Granadino: </p>
<hr />
<div>Editar el contenido de una página es agregar contenido y darle un formato adecuado a lo que se quiere transmitir.<br />
<br />
El editor cuenta con una serie de recurso a su disposición que permite una maquetación de la información bien estructurada.<br />
<br />
<nowiki>__TOC__</nowiki><br />
<br />
== Elementos de maquetación ==<br />
En la maquetación de la información podemos distinguir tres apartados:<br />
<br />
# Elementos de párrafo.<br />
# Elementos de estructura.<br />
# Elementos gráficos y de soporte.<br />
<br />
=== Elementos de párrafo ===<br />
El elemento más básico es el párrafo. La barra de opciones superior contiene lo necesario para ayudarle a dotar los párrafos de '''negritas,''' ''cursivas,'' <u>subrayados,</u> enlaces y demás. Muchos de estos elementos tienen su propio atajo de teclado para evitar distracciones a la hora de escribir. Veamos una lista de los más usados con sus atajos.<br />
<br />
* Negrita <code>[Ctrl +B]</code> .<br />
* Cursiva <code>[Ctrl + I]</code><br />
* Subrayar <code>[Ctrl + U]</code><br />
* Enlaces <code>[Ctrl + K]</code> (Hay un apartado especial para enlaces.)<br />
* Código informático <code>[Ctrl + Mayus. + 6]</code> (la forma en que se ven los atajos de teclado están hechos con este código informático. Tiene un estilo distinto al resto del texto, con color de fondo grisáceo)<br />
* Listas:<br />
** Listas con viñetas. (esta es una lista con viñeta):<br />
** Listas numeradas.<br />
** Aumentar sangría <code>[Tab]</code> (este a partado tiene 1 sagría de Listas).<br />
** Reducir sangria <code>[Mayus +Tab]</code><br />
* Tablas. (Hay un apartado especial para tablas).<br />
* Caracteres especiales. Se usa desde la barra de menú con el símbolo <big><code>Ω</code></big> <br />
* Bloques de citas. ( desde el menú selector de títulos y Párrafos )<br />
<br />
=== Elementos de estructura ===<br />
Es recomendable estructurar la página en secciones configurándolo con los Títulos y subtítulos de manera que se crea una caja de sumario. Esto permite crea secciones dentro del texto para dar una mayor claridad al contenido.<br />
<br />
[[Categoría:Ayudas]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Editar_p%C3%A1gina&diff=205Editar página2021-04-18T09:36:42Z<p>Granadino: Inicio de edición</p>
<hr />
<div>Editar el contenido de una página es agregar contenido y darle un formato adecuado a lo que se quiere transmitir.<br />
<br />
El editor cuenta con una serie de recurso a su disposición que permite una maquetación de la información bien estructurada.<br />
<br />
== Elementos de maquetación ==<br />
En la maquetación de la información podemos distinguir tres apartados:<br />
<br />
# Elementos de párrafo.<br />
# Elementos de estructura.<br />
# Elementos gráficos y de soporte.<br />
<br />
=== Elementos de párrafo ===<br />
El elemento más básico es el párrafo. La barra de opciones superior contiene lo necesario para ayudarle a dotar los párrafos de '''negritas,''' ''cursivas,'' <u>subrayados,</u> enlaces y demás. Muchos de estos elementos tienen su propio atajo de teclado para evitar distracciones a la hora de escribir. Veamos una lista de los más usados con sus atajos.<br />
<br />
* Negrita <code>[Ctrl +B]</code> .<br />
* Cursiva <code>[Ctrl + I]</code><br />
* Subrayar <code>[Ctrl + U]</code></div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Crear_una_p%C3%A1gina&diff=165Crear una página2021-04-17T07:36:36Z<p>Granadino: </p>
<hr />
<div>{{DISPLAYTITLE:Crear una página}}<br />
<br />
En la wiki, la información se organiza en Páginas que a su ver pueden pertenecer a Categorías. <br />
<br />
Las páginas pueden contener texto, imágenes, enlaces, referencias, etc. Y pueden organizarse en secciones (como esta).<br />
<br />
Crear una página de información en la wiki es realmente sencillo. Existe dos procedimientos principales:<br />
<br />
== Nombres de páginas ==<br />
Es aconsejable que los nombres de página no contenga acentos ni espacios. Estos pueden ir en el '''título''' de la página.<br />
<br />
Distinguimos entre [https://es.wikipedia.org/wiki/Localizador_de_recursos_uniforme URL] que es la '''dirección web de la página''' y el título que se muestra. La URL es la dirección que podemos dar a otra persona para que nos visite y al ser un mecanismo web tiene ciertas reglas. Por ese motivo los espacios se sustituyen por caracteres especiales al igual que los acentos y otros signos. Con lo que es muy complejo poder pasarlos.<br />
<br />
Existen dos modos de escribir nombres para URL:<br />
<br />
* ''CamelCase:'' las palabras se escriben juntas pero la inicial de cada una de ellas se escribe en mayúscula excepto la primera palabra. Ejemplo: '''capillaReal'''<br />
* ''Snake_Case'': Las palabras se escriben sustituyendo los espacios guión bajo <code>Mayus. + -</code> Ejemplo; '''capilla_real'''<br />
Ambos modos son aceptados. Pero por convención y claridad en la lectura preferimos el modo ''Snake_Case.''<br />
<br />
== Tres métodos de creación ==<br />
<br />
==== Desde la URL====<br />
[[Archivo:Crear pagina url.png|alt=crear página desde la url|miniaturadeimagen|Creación de páginas desde la URL del navegador]]<br />
#Sitúate al final de la barra de dirección:<br />
##<code><nowiki>https://granadawiki.org/wiki/</nowiki>'''Página '''Principal</code> Cambiar a:<br />
##<code><nowiki>https://granadawiki.org/wiki/</nowiki>'''Nombre_de_pagina_nueva'''</code><br />
#Con la tecla retroceso, borra el texto "Página_principal"<br />
#En su lugar por el Título de la página que quieres crear, por ejemplo, ''"CapillaReal"'' El texto ha de quedar así: granadawiki.org/wiki/'''<code>CapillaReal</code>''' y dale a intro.<br />
<br />
====Desde el buscador====<br />
En el buscador '''"buscar"''' de la barra lateral escriba las palabras que desea. Si la página no existe tendrá la opción de crearla.<br />
<br />
====Desde un enlace rojo====<br />
Cuando se crean enlaces cuya página aún no existe el enlace aparece en <span style="color:red;">'''rojo'''</span>. Como editor puede optar por crear la página.<br />
<br />
== Creación de la página==<br />
<br />
* En los tres casos saldrá este texto:<br />
*En este momento no hay texto en esta página. Puedes [[Especial:Buscar/P1|buscar el título de esta página]] en otras páginas, buscar en los registros relacionados, o crear esta página.<br />
* Clicar en ''Crear esta página''<br />
*Te ha situado en la pestaña "Crear fuente" (arriba a la derecha). Para que te sea más fácil, ve a la pestaña "Crear"<br />
*Debajo del Titulo que has puesto antes, tienes espacio en blanco para escribir lo que quieras.<br />
*Haz la prueba…. Escribe algo y "Guarda la página" clicando el botón azul de arriba a la derecha<br />
*Ya tienes la página creada. Para acceder a ella, recuerda que has de poner <code>granadawiki.org/wiki/CapillaReal</code> (con el nombre que le hayas dado, en vez de CapillaReal)<br />
<br />
== Primeros pasos con la nueva Página==<br />
A la derecha tienes el lápiz donde poder cambiar del editor visual al de código. Y tienes un menú "hamburguesa" (tres rayas horizontales), donde asignar una [[mediawikiwiki:Help:Categories/es|categoría]] y otros ajustes de la página.<br />
<br />
Configurar correctamente tu página es esencial, sobre todo agregar la/s categorías a la que pertenecerá.<br />
<br />
Para más información consulta [[Editar página]]. Y en la [[mediawikiwiki:Help:Starting_a_new_page/es#Utilizando_plantilla_de_creaci%C3%B3n_del_art%C3%ADculo|ayuda de mediawiki]]<br />
[[Categoría:Ayudas]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Crear_una_p%C3%A1gina&diff=164Crear una página2021-04-17T07:35:18Z<p>Granadino: </p>
<hr />
<div>{{DISPLAYTITLE:Crear una página}}<br />
<br />
En la wiki, la información se organiza en Páginas que a su ver pueden pertenecer a Categorías. <br />
<br />
Las páginas pueden contener texto, imágenes, enlaces, referencias, etc. Y pueden organizarse en secciones (como esta).<br />
<br />
Crear una página de información en la wiki es realmente sencillo. Existe dos procedimientos principales:<br />
<br />
== Nombres de páginas ==<br />
Es aconsejable que los nombres de página no contenga acentos ni espacios. Estos pueden ir en el '''título''' de la página.<br />
<br />
Distinguimos entre [https://es.wikipedia.org/wiki/Localizador_de_recursos_uniforme URL] que es la '''dirección web de la página''' y el título que se muestra. La URL es la dirección que podemos dar a otra persona para que nos visite y al ser un mecanismo web tiene ciertas reglas. Por ese motivo los espacios se sustituyen por caracteres especiales al igual que los acentos y otros signos. Con lo que es muy complejo poder pasarlos.<br />
<br />
Existen dos modos de escribir nombres para URL:<br />
<br />
* ''CamelCase:'' las palabras se escriben juntas pero la inicial de cada una de ellas se escribe en mayúscula excepto la primera palabra. Ejemplo: '''capillaReal'''<br />
* ''Snake_Case'': Las palabras se escriben sustituyendo los espacios guión bajo <code>Mayus. + -</code> Ejemplo; '''capilla_real'''<br />
Ambos modos son aceptados. Pero por convención y claridad en la lectura preferimos el modo ''Snake_Case.''<br />
<br />
== Creación ==<br />
<br />
==== Desde la URL====<br />
[[Archivo:Crear pagina url.png|alt=crear página desde la url|miniaturadeimagen|Creación de páginas desde la URL del navegador]]<br />
#Sitúate al final de la barra de dirección:<br />
##<code><nowiki>https://granadawiki.org/wiki/</nowiki>'''Página '''Principal</code> Cambiar a:<br />
##<code><nowiki>https://granadawiki.org/wiki/</nowiki>'''Nombre_de_pagina_nueva'''</code><br />
#Con la tecla retroceso, borra el texto "Página_principal"<br />
#En su lugar por el Título de la página que quieres crear, por ejemplo, ''"CapillaReal"'' El texto ha de quedar así: granadawiki.org/wiki/'''<code>CapillaReal</code>''' y dale a intro.<br />
<br />
====Desde el buscador====<br />
En el buscador '''"buscar"''' de la barra lateral escriba las palabras que desea. Si la página no existe tendrá la opción de crearla.<br />
<br />
====Desde un enlace rojo====<br />
Cuando se crean enlaces cuya página aún no existe el enlace aparece en <span style="color:red;">'''rojo'''</span>. Como editor puede optar por crear la página.<br />
<br />
== Creación de la página==<br />
<br />
* En los tres casos saldrá este texto:<br />
*En este momento no hay texto en esta página. Puedes [[Especial:Buscar/P1|buscar el título de esta página]] en otras páginas, buscar en los registros relacionados, o crear esta página.<br />
* Clicar en ''Crear esta página''<br />
*Te ha situado en la pestaña "Crear fuente" (arriba a la derecha). Para que te sea más fácil, ve a la pestaña "Crear"<br />
*Debajo del Titulo que has puesto antes, tienes espacio en blanco para escribir lo que quieras.<br />
*Haz la prueba…. Escribe algo y "Guarda la página" clicando el botón azul de arriba a la derecha<br />
*Ya tienes la página creada. Para acceder a ella, recuerda que has de poner <code>granadawiki.org/wiki/CapillaReal</code> (con el nombre que le hayas dado, en vez de CapillaReal)<br />
<br />
== Primeros pasos con la nueva Página==<br />
A la derecha tienes el lápiz donde poder cambiar del editor visual al de código. Y tienes un menú "hamburguesa" (tres rayas horizontales), donde asignar una [[mediawikiwiki:Help:Categories/es|categoría]] y otros ajustes de la página.<br />
<br />
Configurar correctamente tu página es esencial, sobre todo agregar la/s categorías a la que pertenecerá.<br />
<br />
Para más información consulta [[Editar página]]. Y en la [[mediawikiwiki:Help:Starting_a_new_page/es#Utilizando_plantilla_de_creaci%C3%B3n_del_art%C3%ADculo|ayuda de mediawiki]]<br />
[[Categoría:Ayudas]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Crear_una_p%C3%A1gina&diff=163Crear una página2021-04-17T07:33:23Z<p>Granadino: </p>
<hr />
<div>{{DISPLAYTITLE:Crear una página}}<br />
<br />
En la wiki, la información se organiza en Páginas que a su ver pueden pertenecer a Categorías. <br />
<br />
Las páginas pueden contener texto, imágenes, enlaces, referencias, etc. Y pueden organizarse en secciones (como esta).<br />
<br />
Crear una página de información en la wiki es realmente sencillo. Existe dos procedimientos principales:<br />
<br />
== Nombres de páginas ==<br />
Es aconsejable que los nombres de página no contenga acentos ni espacios. Estos pueden ir en el '''título''' de la página.<br />
<br />
Distinguimos entre [https://es.wikipedia.org/wiki/Localizador_de_recursos_uniforme URL] que es la '''dirección web de la página''' y el título que se muestra. La URL es la dirección que podemos dar a otra persona para que nos visite y al ser un mecanismo web tiene ciertas reglas. Por ese motivo los espacios se sustituyen por caracteres especiales al igual que los acentos y otros signos. Con lo que es muy complejo poder pasarlos.<br />
<br />
Existen dos modos de escribir nombres para URL:<br />
<br />
* ''CamelCase:'' las palabras se escriben juntas pero la inicial de cada una de ellas se escribe en mayúscula excepto la primera palabra. Ejemplo: '''capillaReal'''<br />
* ''Snake_Case'': Las palabras se escriben sustituyendo los espacios guión bajo <code>Mayus. + -</code> Ejemplo; '''capilla_real'''<br />
Ambos modos son aceptados. Pero por convención y claridad en la lectura preferimos el modo ''Snake_Case.''<br />
<br />
== Desde la URL==<br />
[[Archivo:Crear pagina url.png|alt=crear página desde la url|miniaturadeimagen|Creación de páginas desde la URL del navegador]]<br />
#Sitúate al final de la barra de dirección:<br />
##<code><nowiki>https://granadawiki.org/wiki/</nowiki>'''Página '''Principal</code> Cambiar a:<br />
##<code><nowiki>https://granadawiki.org/wiki/</nowiki>'''Nombre_de_pagina_nueva'''</code><br />
#Con la tecla retroceso, borra el texto "Página_principal"<br />
#En su lugar por el Título de la página que quieres crear, por ejemplo, ''"CapillaReal"'' El texto ha de quedar así: granadawiki.org/wiki/'''<code>CapillaReal</code>''' y dale a intro.<br />
<br />
==Desde el buscador==<br />
En el buscador '''"buscar"''' de la barra lateral escriba las palabras que desea. Si la página no existe tendrá la opción de crearla.<br />
<br />
==Desde un enlace rojo==<br />
Cuando se crean enlaces cuya página aún no existe el enlace aparece en <span style="color:red;">'''rojo'''</span>. Como editor puede optar por crear la página.<br />
<br />
== Creación de la página==<br />
<br />
* En los tres casos saldrá este texto:<br />
*En este momento no hay texto en esta página. Puedes [[Especial:Buscar/P1|buscar el título de esta página]] en otras páginas, buscar en los registros relacionados, o crear esta página.<br />
* Clicar en ''Crear esta página''<br />
*Te ha situado en la pestaña "Crear fuente" (arriba a la derecha). Para que te sea más fácil, ve a la pestaña "Crear"<br />
*Debajo del Titulo que has puesto antes, tienes espacio en blanco para escribir lo que quieras.<br />
*Haz la prueba…. Escribe algo y "Guarda la página" clicando el botón azul de arriba a la derecha<br />
*Ya tienes la página creada. Para acceder a ella, recuerda que has de poner <code>granadawiki.org/wiki/CapillaReal</code> (con el nombre que le hayas dado, en vez de CapillaReal)<br />
<br />
== Primeros pasos con la nueva Página==<br />
A la derecha tienes el lápiz donde poder cambiar del editor visual al de código. Y tienes un menú "hamburguesa" (tres rayas horizontales), donde asignar una [[mediawikiwiki:Help:Categories/es|categoría]] y otros ajustes de la página.<br />
<br />
Configurar correctamente tu página es esencial, sobre todo agregar la/s categorías a la que pertenecerá.<br />
<br />
Para más información consulta [[Editar página]]. Y en la [[mediawikiwiki:Help:Starting_a_new_page/es#Utilizando_plantilla_de_creaci%C3%B3n_del_art%C3%ADculo|ayuda de mediawiki]]<br />
[[Categoría:Ayudas]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Crear_una_p%C3%A1gina&diff=162Crear una página2021-04-17T07:28:52Z<p>Granadino: </p>
<hr />
<div>{{DISPLAYTITLE:Crear una página}}<br />
<br />
En la wiki, la información se organiza en Páginas que a su ver pueden pertenecer a Categorías. <br />
<br />
Las páginas pueden contener texto, imágenes, enlaces, referencias, etc. Y pueden organizarse en secciones (como esta).<br />
<br />
Crear una página de información en la wiki es realmente sencillo. Existe dos procedimientos principales:<br />
<br />
== Nombres de páginas ==<br />
Es aconsejable que los nombres de página no contenga acentos ni espacios. Estos pueden ir en el '''título''' de la página.<br />
<br />
Distinguimos entre [https://es.wikipedia.org/wiki/Localizador_de_recursos_uniforme URL] que es la '''dirección web de la página''' y el título que se muestra. La URL es la dirección que podemos dar a otra persona para que nos visite y al ser un mecanismo web tiene ciertas reglas. Por ese motivo los espacios se sustituyen por caracteres especiales al igual que los acentos y otros signos. Con lo que es muy complejo poder pasarlos.<br />
<br />
Existen dos modos de escribir nombres para URL:<br />
<br />
* ''CamelCase:'' las palabras se escriben juntas pero la inicial de cada una de ellas se escribe en mayúscula excepto la primera palabra. Ejemplo: '''capillaReal'''<br />
* ''Snake_Case'': Las palabras se escriben juntas y separadas por un guion bajo <code>Mayus. + -</code> Ejemplo; '''capilla_real'''<br />
<br />
== Desde la URL==<br />
[[Archivo:Crear pagina url.png|alt=crear página desde la url|miniaturadeimagen|Creación de páginas desde la URL del navegador]]<br />
#Sitúate al final de la barra de dirección:<br />
##<code><nowiki>https://granadawiki.org/wiki/</nowiki>'''Página '''Principal</code> Cambiar a:<br />
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#Con la tecla retroceso, borra el texto "Página_principal"<br />
#En su lugar por el Título de la página que quieres crear, por ejemplo, ''"CapillaReal"'' El texto ha de quedar así: granadawiki.org/wiki/'''<code>CapillaReal</code>''' y dale a intro.<br />
<br />
==Desde el buscador==<br />
En el buscador '''"buscar"''' de la barra lateral escriba las palabras que desea. Si la página no existe tendrá la opción de crearla.<br />
<br />
==Desde un enlace rojo==<br />
Cuando se crean enlaces cuya página aún no existe el enlace aparece en <span style="color:red;">'''rojo'''</span>. Como editor puede optar por crear la página.<br />
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== Creación de la página==<br />
<br />
* En los tres casos saldrá este texto:<br />
*En este momento no hay texto en esta página. Puedes [[Especial:Buscar/P1|buscar el título de esta página]] en otras páginas, buscar en los registros relacionados, o crear esta página.<br />
* Clicar en ''Crear esta página''<br />
*Te ha situado en la pestaña "Crear fuente" (arriba a la derecha). Para que te sea más fácil, ve a la pestaña "Crear"<br />
*Debajo del Titulo que has puesto antes, tienes espacio en blanco para escribir lo que quieras.<br />
*Haz la prueba…. Escribe algo y "Guarda la página" clicando el botón azul de arriba a la derecha<br />
*Ya tienes la página creada. Para acceder a ella, recuerda que has de poner <code>granadawiki.org/wiki/CapillaReal</code> (con el nombre que le hayas dado, en vez de CapillaReal)<br />
<br />
== Primeros pasos con la nueva Página==<br />
A la derecha tienes el lápiz donde poder cambiar del editor visual al de código. Y tienes un menú "hamburguesa" (tres rayas horizontales), donde asignar una [[mediawikiwiki:Help:Categories/es|categoría]] y otros ajustes de la página.<br />
<br />
Configurar correctamente tu página es esencial, sobre todo agregar la/s categorías a la que pertenecerá.<br />
<br />
Para más información consulta [[Editar página]]. Y en la [[mediawikiwiki:Help:Starting_a_new_page/es#Utilizando_plantilla_de_creaci%C3%B3n_del_art%C3%ADculo|ayuda de mediawiki]]<br />
[[Categoría:Ayudas]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Crear_una_p%C3%A1gina&diff=161Crear una página2021-04-17T07:05:46Z<p>Granadino: </p>
<hr />
<div>{{DISPLAYTITLE:Crear una página}}<br />
<br />
En la wiki, la información se organiza en Páginas que a su ver pueden pertenecer a Categorías. <br />
<br />
Las páginas pueden contener texto, imágenes, enlaces, referencias, etc. Y pueden organizarse en secciones (como esta).<br />
<br />
Crear una página de información en la wiki es realmente sencillo. Existe dos procedimientos principales:<br />
<br />
== Desde la URL==<br />
[[Archivo:Crear pagina url.png|alt=crear página desde la url|miniaturadeimagen|Creación de páginas desde la URL del navegador]]<br />
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##<code><nowiki>https://granadawiki.org/wiki/</nowiki>'''Nombre_de_pagina_nueva'''</code><br />
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==Desde el buscador==<br />
En el buscador '''"buscar"''' de la barra lateral escriba las palabras que desea. Si la página no existe tendrá la opción de crearla.<br />
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==Desde un enlace rojo==<br />
Cuando se crean enlaces cuya página aún no existe el enlace aparece en <span style="color:red;">'''rojo'''</span>. Como editor puede optar por crear la página.<br />
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== Creación de la página==<br />
<br />
* En los tres casos saldrá este texto:<br />
*En este momento no hay texto en esta página. Puedes [[Especial:Buscar/P1|buscar el título de esta página]] en otras páginas, buscar en los registros relacionados, o crear esta página.<br />
* Clicar en ''Crear esta página''<br />
*Te ha situado en la pestaña "Crear fuente" (arriba a la derecha). Para que te sea más fácil, ve a la pestaña "Crear"<br />
*Debajo del Titulo que has puesto antes, tienes espacio en blanco para escribir lo que quieras.<br />
*Haz la prueba…. Escribe algo y "Guarda la página" clicando el botón azul de arriba a la derecha<br />
*Ya tienes la página creada. Para acceder a ella, recuerda que has de poner <code>granadawiki.org/wiki/CapillaReal</code> (con el nombre que le hayas dado, en vez de CapillaReal)<br />
<br />
== Primeros pasos con la nueva Página==<br />
A la derecha tienes el lápiz donde poder cambiar del editor visual al de código. Y tienes un menú "hamburguesa" (tres rayas horizontales), donde asignar una categoría y otros ajustes de la página.<br />
<br />
Configurar correctamente tu página es esencial, sobre todo agregar la/s categorías a la que pertenecerá.<br />
<br />
Para más información consulta [[Editar página]]. Y en la [[mediawikiwiki:Help:Starting_a_new_page/es#Utilizando_plantilla_de_creaci%C3%B3n_del_art%C3%ADculo|ayuda de mediawiki]]<br />
[[Categoría:Ayudas]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Crear_una_p%C3%A1gina&diff=158Crear una página2021-04-16T14:05:55Z<p>Granadino: Granadino trasladó la página Crear página a Crear una página sin dejar una redirección</p>
<hr />
<div>{{DISPLAYTITLE:Crear una página}}<br />
<br />
En la wiki, la información se organiza en Páginas que a su ver pueden pertenecer a Categorías. <br />
<br />
Las páginas pueden contener texto, imágenes, enlaces, referencias, etc. Y pueden organizarse en secciones (como esta).<br />
<br />
Crear una página de información en la wiki es realmente sencillo. Existe dos procedimientos principales:<br />
<br />
== Desde la URL==<br />
[[Archivo:Crear pagina url.png|alt=crear página desde la url|miniaturadeimagen|Creación de páginas desde la URL del navegador]]<br />
#Sitúate al final de la barra de dirección '''"granadawiki.org/wiki/Página_principal"''', arriba a la izquierda<br />
#Con la tecla retroceso, borra el texto "Página_principal"<br />
#En su lugar por el Título de la página que quieres crear, por ejemplo, ''"CapillaReal"'' El texto ha de quedar así: '''granadawiki.org/wiki/CapillaReal''' y dale a intro.<br />
<br />
==Desde el buscador==<br />
En el buscador '''"buscar"''' de la barra lateral escriba las palabras que desea. Si la página no existe tendrá la opción de crearla.<br />
<br />
== Desde un enlace rojo==<br />
Cuando se crean enlaces cuya página aún no existe el enlace aparece en <span style="color:red;">'''rojo'''</span>. Como editor puede optar por crear la página.<br />
<br />
== Creación de la página==<br />
<br />
*En ambos casos saldrá este texto:<br />
*En este momento no hay texto en esta página. Puedes [[Especial:Buscar/P1|buscar el título de esta página]] en otras páginas, buscar en los registros relacionados, o crear esta página.<br />
*Clicar en ''Crear esta página''<br />
*Te ha situado en la pestaña "Crear fuente" (arriba a la derecha). Para que te sea más fácil, ve a la pestaña "Crear"<br />
* Debajo del Titulo que has puesto antes, tienes espacio en blanco para escribir lo que quieras.<br />
*Haz la prueba…. Escribe algo y "Guarda la página" clicando el botón azul de arriba a la derecha<br />
*Ya tienes la página creada. Para acceder a ella, recuerda que has de poner granadawiki.org/wiki/CapillaReal (con el nombre que le hayas dado, en vez de CapillaReal)<br />
<br />
==Primeros pasos con la nueva Página==<br />
A la derecha tienes el lápiz donde poder cambiar del editor visual al de código. Y tienes un menú "hamburguesa" (tres rayas horizontales), donde asignar una categoría y otros ajustes de la página.<br />
<br />
Configurar correctamente tu página es esencial, sobre todo agregar la/s categorías a la que pertenecerá.<br />
<br />
Para más información consulta [[Editar página]].<br />
[[Categoría:Ayudas]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Crear_una_p%C3%A1gina&diff=157Crear una página2021-04-16T14:01:16Z<p>Granadino: </p>
<hr />
<div>{{DISPLAYTITLE:Crear una página}}<br />
<br />
En la wiki, la información se organiza en Páginas que a su ver pueden pertenecer a Categorías. <br />
<br />
Las páginas pueden contener texto, imágenes, enlaces, referencias, etc. Y pueden organizarse en secciones (como esta).<br />
<br />
Crear una página de información en la wiki es realmente sencillo. Existe dos procedimientos principales:<br />
<br />
== Desde la URL==<br />
[[Archivo:Crear pagina url.png|alt=crear página desde la url|miniaturadeimagen|Creación de páginas desde la URL del navegador]]<br />
#Sitúate al final de la barra de dirección '''"granadawiki.org/wiki/Página_principal"''', arriba a la izquierda<br />
#Con la tecla retroceso, borra el texto "Página_principal"<br />
#En su lugar por el Título de la página que quieres crear, por ejemplo, ''"CapillaReal"'' El texto ha de quedar así: '''granadawiki.org/wiki/CapillaReal''' y dale a intro.<br />
<br />
==Desde el buscador==<br />
En el buscador '''"buscar"''' de la barra lateral escriba las palabras que desea. Si la página no existe tendrá la opción de crearla.<br />
<br />
== Desde un enlace rojo==<br />
Cuando se crean enlaces cuya página aún no existe el enlace aparece en <span style="color:red;">'''rojo'''</span>. Como editor puede optar por crear la página.<br />
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== Creación de la página==<br />
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*En ambos casos saldrá este texto:<br />
*En este momento no hay texto en esta página. Puedes [[Especial:Buscar/P1|buscar el título de esta página]] en otras páginas, buscar en los registros relacionados, o crear esta página.<br />
*Clicar en ''Crear esta página''<br />
*Te ha situado en la pestaña "Crear fuente" (arriba a la derecha). Para que te sea más fácil, ve a la pestaña "Crear"<br />
* Debajo del Titulo que has puesto antes, tienes espacio en blanco para escribir lo que quieras.<br />
*Haz la prueba…. Escribe algo y "Guarda la página" clicando el botón azul de arriba a la derecha<br />
*Ya tienes la página creada. Para acceder a ella, recuerda que has de poner granadawiki.org/wiki/CapillaReal (con el nombre que le hayas dado, en vez de CapillaReal)<br />
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==Primeros pasos con la nueva Página==<br />
A la derecha tienes el lápiz donde poder cambiar del editor visual al de código. Y tienes un menú "hamburguesa" (tres rayas horizontales), donde asignar una categoría y otros ajustes de la página.<br />
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Configurar correctamente tu página es esencial, sobre todo agregar la/s categorías a la que pertenecerá.<br />
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Para más información consulta [[Editar página]].<br />
[[Categoría:Ayudas]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Crear_una_p%C3%A1gina&diff=156Crear una página2021-04-16T12:27:55Z<p>Granadino: </p>
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<div>{{DISPLAYTITLE:Crear una página}}<br />
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En la wiki, la información se organiza en Páginas que a su ver pueden pertenecer a Categorías. <br />
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Las páginas pueden contener texto, imágenes, enlaces, referencias, etc. Y pueden organizarse en secciones (como esta).<br />
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Crear una página de información en la wiki es realmente sencillo. Existe dos procedimientos principales:<br />
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== Desde la URL==<br />
[[Archivo:Crear pagina url.png|alt=crear página desde la url|miniaturadeimagen|Creación de páginas desde la URL del navegador]]<br />
#Sitúate al final de la barra de dirección '''"granadawiki.org/wiki/Página_principal"''', arriba a la izquierda<br />
#Con la tecla retroceso, borra el texto "Página_principal"<br />
#En su lugar por el Título de la página que quieres crear, por ejemplo, ''"CapillaReal"'' El texto ha de quedar así: '''granadawiki.org/wiki/CapillaReal''' y dale a intro.<br />
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==Desde el buscador==<br />
En el buscador '''"buscar"''' de la barra lateral escriba las palabras que desea. Si la página no existe tendrá la opción de crearla.<br />
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== Desde un enlace rojo==<br />
Cuando se crean enlaces cuya página aún no existe el enlace aparece en <span color="red">'''rojo'''</span>. Como editor puede optar por crear la página.<br />
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== Creación de la página==<br />
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*En ambos casos saldrá este texto:<br />
*En este momento no hay texto en esta página. Puedes [[Especial:Buscar/P1|buscar el título de esta página]] en otras páginas, buscar en los registros relacionados, o crear esta página.<br />
*Clicar en ''Crear esta página''<br />
*Te ha situado en la pestaña "Crear fuente" (arriba a la derecha). Para que te sea más fácil, ve a la pestaña "Crear"<br />
* Debajo del Titulo que has puesto antes, tienes espacio en blanco para escribir lo que quieras.<br />
*Haz la prueba…. Escribe algo y "Guarda la página" clicando el botón azul de arriba a la derecha<br />
*Ya tienes la página creada. Para acceder a ella, recuerda que has de poner granadawiki.org/wiki/CapillaReal (con el nombre que le hayas dado, en vez de CapillaReal)<br />
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==Primeros pasos con la nueva Página==<br />
A la derecha tienes el lápiz donde poder cambiar del editor visual al de código. Y tienes un menú "hamburguesa" (tres rayas horizontales), donde asignar una categoría y otros ajustes de la página.<br />
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Configurar correctamente tu página es esencial, sobre todo agregar la/s categorías a la que pertenecerá.<br />
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[[Categoría:Ayudas]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Crear_una_p%C3%A1gina&diff=155Crear una página2021-04-16T12:15:55Z<p>Granadino: </p>
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<div>{{DISPLAYTITLE:Crear una página}}<br />
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En la wiki, la información se organiza en Páginas que a su ver pueden pertenecer a Categorías. <br />
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Las páginas pueden contener texto, imágenes, enlaces, referencias, etc. Y pueden organizarse en secciones (como esta).<br />
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Crear una página de información en la wiki es realmente sencillo. Existe dos procedimientos principales:<br />
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== Desde la URL==<br />
[[Archivo:Crear pagina url.png|alt=crear página desde la url|miniaturadeimagen|Creación de páginas desde la URL del navegador]]<br />
#Sitúate al final de la barra de dirección '''"granadawiki.org/wiki/Página_principal"''', arriba a la izquierda<br />
#Con la tecla retroceso, borra el texto "Página_principal"<br />
#En su lugar por el Título de la página que quieres crear, por ejemplo, ''"CapillaReal"'' El texto ha de quedar así: '''granadawiki.org/wiki/CapillaReal''' y dale a intro.<br />
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==Desde el buscador==<br />
En el buscador '''"buscar"''' de la barra lateral escriba las palabras que desea. Si la página no existe tendrá la opción de crearla.<br />
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== Creación de la página==<br />
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*En ambos casos saldrá este texto:<br />
* En este momento no hay texto en esta página. Puedes [[Especial:Buscar/P1|buscar el título de esta página]] en otras páginas, buscar en los registros relacionados, o crear esta página.<br />
* Clicar en ''Crear esta página''<br />
*Te ha situado en la pestaña "Crear fuente" (arriba a la derecha). Para que te sea más fácil, ve a la pestaña "Crear"<br />
*Debajo del Titulo que has puesto antes, tienes espacio en blanco para escribir lo que quieras.<br />
*Haz la prueba…. Escribe algo y "Guarda la página" clicando el botón azul de arriba a la derecha<br />
*Ya tienes la página creada. Para acceder a ella, recuerda que has de poner granadawiki.org/wiki/CapillaReal (con el nombre que le hayas dado, en vez de CapillaReal)<br />
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== Primeros pasos con la nueva Página ==<br />
A la derecha tienes el lápiz donde poder cambiar del editor visual al de código. Y tienes un menú "hamburguesa" (tres rayas horizontales), donde asignar una categoría y otros ajustes de la página.<br />
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Configurar correctamente tu página es esencial, sobre todo agregar la/s categorías a la que pertenecerá.<br />
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Para más información consulta [[Editar página]].<br />
[[Categoría:Ayudas]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Archivo:Crear_pagina_url.png&diff=154Archivo:Crear pagina url.png2021-04-16T12:08:37Z<p>Granadino: </p>
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<div>Creación de páginas desde la URL del navegador.</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=Crear_una_p%C3%A1gina&diff=153Crear una página2021-04-16T11:44:48Z<p>Granadino: Creación inicial de la página</p>
<hr />
<div>Crear una página de información en la wiki es realmente sencillo. Existe dos procedimientos principales:<br />
<br />
==Desde la URL==<br />
<br />
*. Sitúate al final de la barra de dirección "'''granadawiki.org/wiki/Página_principal'''", arriba a la izquierda<br />
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*. En su lugar por el Título de la página que quieres crear, por ejemplo, "CapillaReal" El texto ha de quedar así: granadawiki.org/wiki/CapillaReal y dale a intro.<br />
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==Desde el buscador==<br />
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*. Clicar en Crear esta página<br />
*. Te ha situado en la pestaña "Crear fuente" (arriba a la derecha). Para que te sea más fácil, ve a la pestaña "Crear"<br />
*. Debajo del Titulo que has puesto antes, tienes espacio en blanco para escribir lo que quieras.<br />
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[[Categoría:Ayudas]]</div>Granadinohttps://granadawiki.org/index.php?title=MediaWiki:Sidebar&diff=152MediaWiki:Sidebar2021-04-16T11:31:49Z<p>Granadino: </p>
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